REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

Quien, suscribe Norka Cobis, secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, hace constar por medio de la presente que el expediente distinguido con el número 45578 de la nomenclatura interna de este juzgado, proveniente del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de juicio Unipersonal 14; con motivo del juicio que por Rectificación de Partida de Defunción intentada por la ciudadana Zelenni Migdalia Fernández de Sulbaran, el cual esta formado por un Cuaderno Principal constante de 21 folios útiles.- Caracas, a los _______ días del mes de __________ de 2008.- Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-
LA SECRETARIA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, _______ de __________de 2008.-.
Años: 198º y 149º
Por recibido el presente expediente, proveniente del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Sala de juicio Unipersonal 14; formado por un cuaderno principal constante de 21 folios útiles previa la distribución de Ley, el Tribunal ordena darle entrada anotarla en los Libros respectivos.- En consecuencia, se avoca al conocimiento de la presente causa.-
Asimismo, este juzgado vista la sentencia dictada por la Sala de juicio Unipersonal 14 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana Caracas, que declinó la competencia por la materia, para ante este Juzgado, procede a su admisión en los siguientes términos:
Vista la solicitud presentada por la abogada Rainelly E. Mújica G., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro127.660, apoderada judicial de la ciudadana Zelenni Migdalia Fernández de Sulbaran, mediante la cual requiere la rectificación de la partida de defunción del finado Honorio José Sulbaran Yépez, inserta en los libros de Registro Civil, llevados por el Registro Civil del Municipio Baruta del estado Miranda, Acta Nº 132, del año 2008, y los recaudos acompañados a la misma, el Tribunal la admite, cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 770 “eiusdem”, emplácese a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos, para que comparezcan por ante este Tribunal, en horas de despacho, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la publicación y consignación en el expediente que del Cartel se haga y el cual deberá ser publicado en el Diario “ ULTIMAS NOTICIAS”, a fin de que expongan lo que crean conducente con relación al presente Procedimiento. Asimismo, notifíquese al Fiscal del Ministerio Público mediante boleta, anexándosele a la misma copia certificada del escrito de solicitud y sus recaudos, previo suministro de los fotostátos correspondientes los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia, bajo pena de nulidad de lo actuado sin haberse cumplido dicha notificación, previa cualquier otra, todo ello conforme lo previsto en el artículo 132 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese cartel y boletas de notificación.
LA JUEZ

MARIA ROSA MARTINEZ C.
LA SECRETARIA

NORKA COBIS RAMIREZ







EXP Nro 45578.-