JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas,
de junio del año 2008.-
Años 198° y 149°


Visto el escrito presentado por la abogada JESIKA MARIANA RONDON GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 98.098, actuando en su carácter de apoderada judicial de los solicitantes, ciudadanos AMBAR ROSAURA ALMOGUERA RIERA e IGNACIO CRISTOBAL DIEZ GARCIA, venezolanos, casados, el segundo domiciliado en la ciudad de Barcelona, España, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.471.967 y 12.484.116, y por cuanto los solicitantes cumplieron con los requisitos de admisibilidad de la presente solicitud, se admite por cuanto ha lugar en derecho, y se ordena citar al Representante del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, para que comparezca por ante este Tribunal dentro del término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en autos que de su citación se haga, a fin de que de su opinión en relación al divorcio solicitado, para lo cual se le anexará a la boleta de citación copia certificada del libelo de la demanda y del presente auto, previo el suministro de los fotostátos respectivos mediante diligencia. Líbrese boleta de citación y copias certificadas.-
LA JUEZ

MARIA ROSA MARTINEZ C. LA SECRETARIA

NORKA COBIS RAMÍREZ

En esta misma fecha se libro boleta de citación al
Fiscal de Ministerio Público
LA SECRETARIA


EXP.No. 45.650