REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO
CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, de Junio de Dos Mil Ocho (2.008).-
Años: 198º y 149º.-
SOLICITANTES: CARLOS RICARDO SANDOVAL CAMARA Y PEDRO ALEXANDER SANDOVAL CAMARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 15.488.079 y V-18.602.528, respectivamente.-
ABOGADA ASISTENTE::
ROSALBA ROJAS, abogada adscrita a la Unidad de Protección al Niño y a la Familia de la Sindicatura Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.086.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.-
EXPEDIENTE: 07-3912.-
Por cuanto mediante comunicación Nº C J - 08-1154, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 26 de mayo de 2008, fui designada como Juez Temporal de este Despacho, debidamente juramentada el 30 de mayo de 2008, me avoco al conocimiento de la presente causa. Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, presentada por los ciudadanos CARLOS RICARDO SANDOVAL CAMARA Y PEDRO ALEXANDER SANDOVAL CAMARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 15.488.079 y V-18.602.528, respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana: ROSALBA ROJAS, abogada adscrita a la Unidad de Protección al Niño y a la Familia de la Sindicatura Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.086; Asimismo acompaño a la solicitud, original de la partida de nacimiento, original del acta de defunción, fotocopia de la cédula de identidad, de la causante ELIZABETH JOSEFINA; datos filiatorios, partidas de defunciones y fotocopias de las cédulas de identidad de los causantes STELLA JOSEFINA SANCHEZ DE DA CAMARA Y VASCO RICARDO DA CAMARA DE NOBREGA y fotocopias de las cédulas de identidad de los solicitantes.
Los Solicitantes Alegaron que en la partida de nacimiento en cuestión, el funcionario en la elaboración de la misma, incurrió en un error material, al asentar el apellido del padre de la hoy causante ELIZABETH JOSEFINA CAMARA SANCHEZ, testaron “PASCO RICARDO CAMARA”, siendo esto incorrecto por cuanto lo correcto es “VASCO RICARDO DA CAMARA”. Que de conformidad con el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, solicita se proceda a la rectificación del acta de nacimiento de la causante ELIZABETH JOSEFINA CAMARA SANCHEZ.-
En auto de fecha 10 de Mayo del año 2007, se admitió la demanda, se ordeno la notificación del representante del Ministerio Público y se libro boleta de Notificación al mismo, así como se libro edicto a todas aquellas personas que tuviesen interés directo y manifiesto en la rectificación de la partida de nacimiento de la causante ELIZABETH JOSEFINA CAMARA SANCHEZ.-
En fecha 04 de Junio del año 2007, comparecieron los ciudadanos CARLOS RICARDO SANDOVAL CAMARA Y PEDRO ALEXANDER SANDOVAL CAMARA y consigno Edicto publicado en fecha 04 de Junio del mismo año, en el diario de Ultimas Noticias.-
En fecha 10 de Julio de 2007, compareció el ciudadano MIGUEL ANGEL ARAYA, Alguacil Titular de este Tribunal y consigno boleta de notificación debidamente firmada y sellada por la Fiscal Nonagésima Primera de esta misma Circunscripción Judicial.-
En fecha 13 de Noviembre de 2007, compareció la ciudadana YNES DIAZ ORELLANA, Fiscal Nonagésima Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y manifestó que se da por notificada y se mantendrá atenta en el siguiente procedimiento.
En fecha 30 de Noviembre de 2007, este Tribunal insto a los solicitantes a que consignara copia certificada del certificado de nacimiento del ciudadano VASCO RICARDO DA CAMARA DE NOBREGA.
En fecha 11 de Abril de 2008, CARLOS RICARDO SANDOVAL, y consigno el certificado de matrimonio de los ciudadanos STELLA JOSEFINA SANCHEZ MALERO Y VASCO RICARDO DA CAMARA DE NOBREGA.
Estando dentro de la oportunidad legal para decidir, esta Juzgadora pasa hacerlo, previa las siguientes consideraciones:
En el presente caso se puede constatar con verdadera certeza Judicial, según se evidencia en la revisión de los recaudos consignados que solo se cometió un error material al asentar el nombre del padre de la hoy causante, como “PASCO RICARDO CAMARA”, siendo, “VASCO RICARDO DA CAMARA”.-
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento de la de cujus ELIZABETH JOSEFINA CAMARA SANCHEZ, presentada por los ciudadanos CARLOS RICARDO SANDOVAL CAMARA Y PEDRO ALEXANDER SANDOVAL CAMARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 15.488.079 y V-18.602.528, respectivamente, en el siguiente término: donde dice: “…PASCO RICARDO CAMARA…”, debe decir: “…VASCO RICARDO DA CAMARA”. Y ASI SE DECIDE.-
En consecuencia, se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen las Notas Marginales correspondiente en el Libro respectivo.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 30 días del mes de Junio del año Dos Mil Ocho (2008). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.-
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. LEOXELYS VENTURINI.
En la misma fecha se publicó y registró el anterior fallo siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.).-
LA SECRETARIA TITULAR,
EXP: 07-3912.-
AMCdM/LV/Yenny.-
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