REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 11 de junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-R-2008-000085
ASUNTO : IP01-R-2008-000085


JUEZA PONENTE: ABG. MARLENE MARÍN DE PEROZO.

Dio inicio a este proceso de naturaleza impugnaticia el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Alfonsina Vegas, en su condición de Fiscal Quinta Encargada de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, contra el auto publicado por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial, extensión Tucacas, el día 25 de abril de 2008, en el asunto 1CO-406-2008 (nomenclatura de ese despacho), resolución ésta que decretó la libertad plena al ciudadano Javier José Jiménez Navas.

Se observa al folio 10 de las actuaciones que fueron remitidas a esta Sala, auto dictado por el Tribunal de Instancia el 14 de mayo de 2008, mediante el cual se ordenó librar boleta de emplazamiento a la Defensa Pública, con miras a dar cumplimiento a las previsiones del artículo 449 del Código Orgánico Procesal Penal.

El cuaderno de apelación se recibió en esta Alzada mediante auto fechado del 10 de junio de 2008, oportunidad en la que fue designado como ponente a la Abg. Marlene Marín de Perozo.

Ahora bien, estando dentro de la oportunidad establecida en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa esta Alzada a emitir pronunciamiento en cuanto a la admisibilidad del recurso bajo análisis, procede esta Alzada a realizar las siguientes consideraciones.

Luego de revisadas las actas que conforman el presente asunto, pudo constatar ésta Alzada que el Tribunal A quo remitió lo siguiente:

• Escrito de Apelación de fecha 13 de mayo de 2008. (folios 1 al 8)
• Comprobante de recepción del escrito de apelación de fecha 13 de mayo de 2008. (folio 9)
• Auto dictado en fecha 14 de mayo de 2008, mediante el cual el A quo ordena emplazar a la Defensa Pública. (folio 10)
• Boleta de Emplazamiento dirigida al Defensor Público Décimo. (folio 11).
• Boleta de Emplazamiento dirigida al Defensor Público Décimo practicada de manera efectiva. (folio 12).
• Comprobante de recepción de escrito de contestación del recurso de fecha 26 de mayo de 2008. (folio 13)
• Escrito de contestación del recurso. (folios 14 al 19)
• Auto dictado por el A quo el 27 de mayo de 2008, mediante el cual da por recibido la contestación de la apelación y ordena agregarla al asunto con el que guarda relación. (folio 20)
• Auto dictado por el A quo el 02 de junio de 2008, mediante el cual ordena remitir las actuaciones que conforman el recurso a ésta Alzada. (folio 21)
• Cómputo de Audiencias (folio 22).
• Oficio número 1CO-814-2008, de fecha 02 de junio mediante el cual se remite a ésta Alzada constante de 23 folios útiles el cuaderno separado contentivo del recurso de apelación.

Ahora bien, se desprende de las actas mencionadas que, el Tribunal A quo omitió anexar al presente recurso de apelación las respectivas copias certificadas del acta de la audiencia de presentación y del auto motivado, que sirve de fundamento a la decisión tomada en la audiencia de presentación.

Así las cosas, consideran quienes aquí se pronuncian, que al no encontrarse anexas la mencionadas copias certificadas del acta de la audiencia de presentación y del auto motivado que sirve de fundamento a la decisión tomada en la audiencia de presentación en el asunto 1CO-406-2008, no puede esta Instancia Superior emitir un pronunciamiento respecto al presente recurso; en consecuencia, lo procedente es Oficiar al Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Extensión Tucacas a los fines de que remita con carácter de Urgencia a ésta Alzada las copias certificadas señaladas anteriormente; y Así se decide.

DISPOSITIVA

Con fundamento en las consideraciones previas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, ordena:
1. Oficiar al Tribunal Primero de Control de éste Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con el objeto de que remita con carácter de urgencia copia certificada del acta de la audiencia de presentación celebrada el 22 de abril de 2008 y copia certificada del auto de fecha 25 de abril de 2008 que sirve de fundamento a la mencionada audiencia, ambas relacionadas con el asunto 1CO-406-2008.

Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado. Dada, firmada y sellada en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de estado Falcón

ABG. MARLENE MARÍN DE PEROZO
JUEZA PRESIDENTA Y PONENTE


ABG. GLENDA OVIEDO RANGEL
JUEZA TITULAR

ABG. ANTONIO ABAD RIVAS
JUEZ TEMPORAL




ABG. MAYSBEL MARTÍNEZ
SECRETARIA



En esta fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA


RESOLUCION Nº IG01-2008-000373