REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. SANTA ANA DE CORO, 10 de MARZO DE 2008. AÑOS 197º Y 148º
Visto el anuncio del recurso de casación formulado por el abogado Oswaldo Madriz, como apoderado de los ciudadanos ALBERTO COLO y VJOLLCA VOLKSHI, e ITALUMIN CORO C.A., contra la sentencia N° 182 de fecha 20 de noviembre de 2007, dictada por este Tribunal Superior y mediante la cual se declaró parcialmente con lugar la apelación ejercida por los recurrentes; para resolver su admisibilidad, se observa que la demanda fue presentada el 22 de marzo de 2007 y estimada en doscientos setenta y cinco millones de bolívares ( Bs. 275.000.000,oo), fecha en la cual estaba vigente la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que fija la cuantía para el recurso de casación, en 3.000 Unidades Tributarias, siendo que para la fecha, la unidad tributaria era de treinta y tres mil seiscientos bolívares (Bs. 37.632,oo), lo que da un total de ciento doce millones ochocientos noventa y seis mil bolívares (Bs.112.896.000,oo), inferior al valor estimado de la demanda; por lo que se admite el anuncio del Recurso de casación. Se advierte a la Sala que el día número once (11), para oír el recurso correspondió al día 10 de marzo de 2008, y que lapso para el anuncio de casación discurrió durante los días31 de enero, 06, 07, 27 y 29 de febrero y 03, 04, 05, 06 y 07 de marzo de 2008.
Remítase el expediente a la Sala de Casación Civil del Tribual Supremo de Justicia. Déjese constancia del número de folios que contiene el expediente, así como de sus piezas. Practíquese el cómputo correspondiente y déjese constancia el día, que corresponde al día número once (11), para oír el recurso.
EL JUEZ
Abg. MARCOS ROJAS GARCIA
EL SECRETARIO (T)
Abg. DANIEL CURIEL FERNANDEZ.
Nota: Se libró oficio N°___________, remitiendo el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en dos (2) piezas la primera en trescientos veinticinco (325) folios útiles, la segunda en ciento ochenta y cinco (185) folios útiles, conforme a lo ordenado en el auto anterior. Conste Coro. Fecha Ut- Supra.
EL SECRETARIO (T)
Abg. DANIEL CURIEL FERNANDEZ.
MRG/DC/yelixa.-Exp Nº 4189.-
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