REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
SANTA ANA DE CORO; 26 DE MARZO DE 2008.-

AÑOS: 195º Y 147º
EXPEDIENTE Nº: 14.289-07

DEMANDANTE: IDANIA DEL CARMEN PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.489.692, domiciliada en la Ciudad de Coro Municipio Miranda del Estado Falcón

ABOG. APODERADA: SOBEIDY SANCRONIS OJEDA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 103.097

DEMANDADO: JORGE RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.709.735 de este domicilio

MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO DE INTIMACION.-

En fecha 08 de Octubre de 2007, se inició el presente Procedimiento con la admisión de la presente demanda decretándose la intimación de la parte accionada, Ciudadano: JORGE RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.709.735 de este domicilio, para que una vez de constar en autos el resultado de la intimación, pagara al accionante o se opusiera al DECRETO INTIMATORIO, dentro del plazo conforme a lo ordenado en el auto admisión.
En fecha 04 de marzo de 2008, el alguacil de este despacho consigno recibo de citación debidamente firmado por el ciudadano JORGE RIVAS, transcurrido el lapso de pagar o formular oposición en el presente juicio sin que éste lo hubiere; en consecuencia éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo pautado en el articulo 651 del Código de Procedimiento Civil, COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. NELLY J. CASTRO GOMEZ,

LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. CECILIA HANSEN FANEITE,

NOTA: La anterior decisión se dicto y publico en su fecha a la hora de las 09:35 de la mañana, previo el anuncio de Ley.- Se dejo copia certificada de la presente decisión en el archivo del tribunal.- Conste.- LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. CECILIA HANSEN FANEITE,



R/Mariamelys
Publicada: 26-03-08
Hora: 11:00 am