REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
SANTA ANA DE CORO; 03 DE MARZO DE 2008.-
AÑOS: 196º Y 147º

Vista la Solicitud de ISMAR ANTONIO JIMENEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad No 5.052.946, domiciliada en esta ciudad de coro, Municipio Autónomo Miranda del Estado Falcòn, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio ROSMEL J. NAVARRETE CH, inscrito en el I.P.S.A. No 27.291.-
Désele entrada junto con sus recaudos anexos, fórmese expediente y anótese en los libros respectivos.-
Por cuanto el tribunal observa que dicha solicitud cumple con los requisitos exigidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto no es contraria al orden público a las buenas costumbres expresa de la Ley, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE., la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el Ciudadano: ISMAR ANTONIO JIMENEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad No 5.052.946, domiciliada en esta ciudad de coro, Municipio Autónomo Miranda del Estado Falcòn .-
Ahora bien, expone el solicitante que en la oportunidad de insertar mi partida de Nacimiento, según acta de nacimiento de la primera autoridad civil llevados en los libros del Registro Civil de Nacimientos llevados por el Municipio Santa Ana, Distrito Miranda del Estado Falcòn, bajo el No 255, correspondiente al año 1.957, el Funcionario Autorizado de tal misión, incurrió en el error material en lo referente a mi nombre, pues se inserto como “YSNAR “ siendo lo correcto “ISMAR”.- Es por lo que solicito de conformidad con lo establecido en el articulo 501 del Código Civil y lo pautado en el articulo 773 del Código de Procedimiento Civil, previo los tramites de Ley, ordene a la Primera Autoridad Civil del REGISTRO PRINCIPAL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCON, corregir el error en lo referente a su verdadero nombre que le colocaron YSNAR siendo lo correcto ISMAR.-
Ahora bien, con vista a los documentos públicos presentados donde se constata el error material, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, Impartiendo Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara PROCEDENTE la rectificación de la Acta de Nacimiento a favor del ciudadano: ISMAR ANTONIO JIMENEZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad No 5.052.946, de este domicilio.-
La cual se encuentra inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante el REGISTRO CIVIL PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, inserta bajo el Nº 255, correspondiente al año 1957, y en consecuencia, se ordena al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, corregir el acta de nacimiento del Ciudadano: ISMAR ANTONIO JIMENEZ MEDINA, referente a mi nombre que es: ISMAR.-
Librese copia certificada del fallo a la Autoridad indicada en el artículo 506 del Código Civil.-
Anéxesele copia del presente fallo al expediente principal.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de este Tribunal, a los Cuatro (04) días del Mes de Marzo de 2.008.- AÑOS. 197º Y 148º
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL, LA SECRETARIA ACC,

ABG. NELLY J. CASTRO GOMEZ, MARIELA PEÑALVER
NOTA: Se formo expediente conforme a lo ordenado en el auto anterior constante de __________________________ ( ) folios útiles, quedando anotado bajo el Nº ________________.- Se dejo copia certificada de la presente decisión en el archivo del tribunal.- Se libro oficio a la autoridad competente bajo el Nro. 0820-_________y de conformidad con en el artículo 506 del Código Civil.- Conste Coro fecha Ut-Supra.-
LA SECRETARIA ACC,

MARIELA PEÑALVER,

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