EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUNTO FIJO.
EXPEDIENTE Nº 9115
SOLICITANTE: IRAIDA ISABEL TROMPIZ DE OSTEICOECHEA
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO.
En fecha 21 de Febrero de 2008, la ciudadana IRAIDA ISABEL TROMPIZ DE OSTEICOECHEA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.682.855 y debidamente asistida por el abogado HERMAN GOTOPO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.905, interpuso solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento en los términos siguientes:
La solicitante expone: Consta en mi acta de nacimiento en original, emanada del Registro civil llevado por la Prefectura de la Parroquia Santa Ana, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón, la cual esta inserta bajo el N° 61, en el folio 52 del tomo duplicado del libro de Nacimientos del Registro Principal del Estado Falcón, correspondiente al año 1952 y que reposa en los archivos de ese registro; la cual dice: Que mi nombre es Yraida Ysabel; y que fui presentada por mi padre Vicente Trompiz, que soy hija del presentante y de su cónyuge, Juana del Valles de Trompiz. Es el caso, que al asentar dicha acta de nacimiento en el Registro Principal del Estado Falcón, se asentó en forma incorrecta su nombre como YRAIDA YSABEL, siendo su nombre correcto IRAIDA ISABEL, por lo que solicito sea rectificada mi partida de nacimiento, en la cual deberá decir: IRAIDA ISABEL TROMPIZ DE OSTEICOECHEA, como debe ser y no: YRAIDA YSABEL TROMPIZ DE OSTEICOECHEA, como aparece.
Acompaña el solicitante como medios probatorios los siguientes documentos: a) Copia Certificada de Acta de Nacimiento, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Ana Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón; b) Copia simple de la Cedula de Identidad c) Constancia de verificación de datos de la ONIDEX d) Copia simple Tarjeta de Afiliación del IPASME, e) Copia simple Tarjeta del IVSS f) Copia simple de la Carta Medica g) Copia simple del RIF h) Credencial emitida por el CNE, i) Acta de Matrimonio j) Copia simple del Titulo Universitario de Licenciatura en Biología y k) Copia simple Constancia de Secretaria de Educación del Estado Falcón.
El Tribunal para decidir, previamente considera:
Del análisis de la solicitud, de los documentos acompañados, este Tribunal considera los mencionados documentos suficientes para que la presente Demanda prospere en Derecho y Así se decide.
DECISION
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento presentada por la ciudadana IRAIDA ISABEL TROMPIZ DE OSTEICOECHEA, de conformidad con el procedimiento consagrado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, la Rectificación del acta de Nacimiento de la ciudadana IRAIDA ISABEL TROMPIZ DE OSTEICOECHEA, donde aparece escrito: “YRAIDA YSABEL”, debe decir “IRAIDA ISABEL”. Así se decide.
Expídase copia certificada de la presente decisión y remítase con oficio a la autoridad competente. Líbrese oficio.
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los veinticinco (25) días del mes de Marzo del año dos mil ocho. Años: 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
El Juez Suplente Especial,
Dr. Jhonny Morales.
La Secretaria Temporal,
Abog. Maribel Carrillo Coronel.
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha siendo las 10:00 a.m., previo el anuncio de Ley, registrada bajo el Nº 055 , fecha ut supra. Conste.
La Secretaria Temporal,
JM/fb.
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