REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 11/03/2008, se le da entrada a Despacho de Comisión, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, Maracaibo, el cual ordena verificar la reincorporación de la demandante Reina I. Medina de Nelo, al cargo de Secretaria I, adscrita a Mercado Minorista de la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Falcón, o a otro de similar categoría y beneficios; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 03/04/2008, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abg. Alberto José Rivero González, Apoderado Judicial de la ciudadana Reina I. Medina de Nelo, en virtud con la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y se ordena su traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo.-
En fecha 03/04/2.008, se levanta Acta, a fin de darle cumplimiento a la Sentencia emanado del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, MARACAIBO, librada en el Juicio de RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, seguido por el Abg. ALBERTO RIVERO GONZÁLEZ, domiciliado en Maracaibo, Estado Zulia, aquí de tránsito, en su condición de Apoderado Judicial de la demandante ciudadana REINA ISABEL MEDINA DE NELO, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCÓN, en el cual se ordena verificar la reincorporación de la demandante al cargo de Secretaria I, adscrita a Mercado Minorista de la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Falcón, o a otro de similar categoría y beneficios, en acatamiento de la sentencia definitivamente firme dictada en fecha 25/11/2.003; de la presente Comisión fueron notificados de la misión del Tribunal el ciudadano Alcalde Municipal Ing. Rafael Pineda, el ciudadano Sindico Procurador Dr. Raúl Dovale, la Jefe del Departamento de Recursos Humanos Licda. Yolinda de Dovale, así como la Asesora Legal de esa Alcaldía del Municipio Miranda Abg. Airfred Ruíz Gómez, en dicho acto la Licda. Yolinda de Dovale y la Abg. Airfred Ruíz, exponen que deben verificarse, para hacer efectiva la reincorporación de la funcionaria, que el cargo que ocupaba la Demandante antes de su remoción se encuentra en la estructura organizativa en la actualidad, y éstas como funcionarias no pueden establecer la manera inmediata de la incorporación de la Demandante, por lo que deben consultar con la máxima autoridad del Municipio. Nuevamente toman el derecho de palabra la Jefe de Recursos Humanos y la Asesora Legal, ya identificadas, quienes previa consulta la Jefe de Personal y el Sindico Procurador, éste manifestó que para revisar la estructura organizativa y verificar si existe el cargo, solicita se constituya este Tribunal en esa Alcaldía para el día lunes. De seguidas interviene el Apoderado Actor, quien solicita fecha que a bien tenga fijar el Tribunal, y sea reincorporada a su puesto de trabajo su representada. Este Tribunal, por cuanto el día lunes no está disponible, acuerda trasladarse el día jueves 10 de los corrientes de conformidad con lo solicitado por la Notificada en acta y aceptado por el Ejecutante.
En fecha 10/04/2008, se levanta Acta de Reincorporación, a fin de darle continuidad a la Sentencia emanada del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, MARACAIBO, tal y como se acordó en acta de fecha 03/04/2008; en dicho acto, constituido como fue este Tribunal en el Departamento de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Falcón, se notificó a la Licda. Yolinda de Dovales, en su condición de Jefe del mencionado departamento, quien expresó que por instrucciones del ciudadano Alcalde, esa Alcaldía procede a darle cumplimiento a la Sentencia dictada por el Tribunal de la Causa reincorporando a partir del día de hoy 10 de abril de 2008 a la funcionaria demandante en cargo de igual o similar categoría, quien se encuentra presenten y será reubicada a partir del día de hoy. Este Ejecutor de Medidas Declara Legal y Efectiva la Reincorporación de la funcionaria plenamente identificada, quien estando presente acepta su reincorporación. Cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo al tribunal de Origen. En esta misma fecha se remite, mediante Oficio Nº 106-2008, constante de veintiocho (28) folios útiles, debidamente cumplido.-