Siendo la oportunidad legal fijada y a señalamiento de la ciudadana Carmen Teódocila Gutiérrez de Trompiz (identificada), debidamente asistida por el Abg. Manuel Hidalgo, Inpreabogado Nro. 118.216, quien actúa en su condición de co-demandante en el juicio por desalojo de inmueble seguido contra el ciudadano Alfredo Santander, se traslado y constituyo el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en un inmueble constituido por una casa de habitación ubicada en la Avenida Andrés Bello, signada con el Nro. 100 de Punta Cardón, Municipio Carirubana del Estado Falcón, el cual es objeto de la presente comisión determinada en una medida de secuestro emanada del Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, dejándose constancia que la parte del inmueble correspondiente al anexo fue entregada por el demandado de autos, ciudadano Alfredo Santander en fecha 31-01-2008, según consta en actas del presente expediente de comisión; y en esta oportunidad recaía la medida sobre la casa de habitación antes identificada y donde nos encontramos constituidos. Seguidamente el Tribunal Ejecutor notifico de su misión al ciudadano Sergio Rafael Sánchez Gutiérrez, (identificado), en su condición de cuidador del mencionado inmueble según lo manifestado por el, quien procedió a retirar los bienes que se encontraban en el mismo interior sin oponer alguna objeción a la ejecución de la medida; por todo ello, el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara secuestrado el inmueble constituido por una casa de habitación ubicada en la Avenida Andrés Bello, casa Nro. 100 de Punta Cardón, de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón y sus linderos son los siguientes: Norte: Terreno desocupado; Sur: su frente calle Andrés Bello; Este: Terreno de Néstor Gutiérrez (colinda con el anexo entregado en fecha 31-01-2008 y Oeste: Callejón Publico; para su resguardo y cuidado se designa como Depositaria Judicial del inmueble aquí secuestrado a la ciudadana Carmen Teodocila Gutiérrez de Trompiz, (identifica), en su condición de co-propietaria del mismo, quien acepto el cargo designado y juro cumplir con los deberes inherentes al mismo, recibiéndolo en este acto en el estado en que se encuentra y totalmente desocupado, procediendo asimismo a cambiar las cerraduras del inmueble, aun recibiendo las llaves respectivas; y habiendo cumplido el Tribunal Ejecutor con el motivo de su misión acuerda devolver la presente comisión al Tribunal comitente y su reconstitución a su sede natural…Termino, se leyó y firman…
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