REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de marzo de Dos Mil Ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: AP21-L-2007-004884
Visto el escrito transaccional presentado por ambas partes ( ROBERT GARZON GALINDO Vs. AREPERA CARUATA SRL.) en fecha 6 de marzo de 2008; este Tribunal de una revisión minuciosa del mismo, observa que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador; en tal sentido, se verifica que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento; por lo que este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado entre las partes en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asimismo, se exhorta a la demandada a cumplir con el pago de los Honorarios Profesionales de la experto contable SARA MENESES, los cuales fueron estimados mediante escrito cursante en autos.
La Juez
Abg. Neyireé Toledo
La Secretaria
Abg. Vanessa Veloz