REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
197° y 149°
SOLICITANTE: MARÍA DE JESÚS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.250.442, asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ RAFAEL ARENAS GUANIPA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 73.368.-
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO (ORDINARIA).
I
En fecha 30 de enero de 2007, fue presentada por ante el Juzgado Distribuidor de Turno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, por la ciudadana MARÍA DE JESÚS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.250.442. En aquella se pretendía en principio la rectificación del Acta de Nacimiento de su hija Miriam Dolores Hernández, la cual corre inserta bajo el Nº 3597, folio No 314 del libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1.953 correspondiente, de fecha 30 de noviembre de 1.953, llevado por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital. Seguidamente, en fecha 02 de febrero de 2007, fueron presentados los recaudos en los cuales se basa la solicitud en comento, anexándose al efecto Copia Certificada de Acta de Nacimiento de MIRIAM DOLORES HERNÁNDEZ, según consta del Acta de Nacimiento anotada bajo el Nº. 3597, folio 314, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, partida ésta cuya rectificación se pretende; Copia Certificada de los Datos Filiatorios de la ciudadana MARÍA DE JESÚS HERNÁNDEZ, emanados de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios No. 20833 de fecha 14 de agosto de 2006; Copia Certificada del Acta de Defunción No. 419, emanada de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador del Distrito Capital de fecha 16 de diciembre de 2005 y Copia simple de la Cédula de Identidad de MARÍA DE JESÚS HERNÁNDEZ. En fecha 09 de febrero de 2007 se admitió la solicitud de rectificación del Acta de Nacimiento planteada. En fecha 19 de marzo se libró Boleta de Notificación al Ministerio Público y Cartel de Emplazamiento.
En fecha 17 de octubre de 2007, compareció el abogado en ejercicio José Rafael Arenas Guanipa, y consignó la publicación en la prensa del Cartel de emplazamiento librado previamente. Posteriormente, compareció en fecha 22 de noviembre de 2007 el ciudadano Alguacil de este Despacho y diligenció consignando copia de aviso de recibo, debidamente firmada y sellada por ante la Fiscalía Centésimo Tercero (103) del Ministerio Público. Seguidamente, compareció la ciudadana SARIA ESCALONA LÓPEZ, aduciendo el carácter de Fiscal Centésimo Tercero del Ministerio Público, quien diligenció y manifestó opinión, no objetando algo en cuanto a la presente solicitud.
II
Ahora bien, a los fines de decidir la solicitud de rectificación de la Partida de Matrimonio, este Tribunal pasa a hacer las siguientes consideraciones:
PRIMERA CONSIDERACIÓN: El solicitante plantea, en términos generales, lo siguiente:
Que el Acta de Nacimiento de la hija de la solicitante- inserta bajo el Nº 3597, folio N° 314 del libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1.953, llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador de Distrito Capital, adolece de determinado error, a saber:
• Se asentó erróneamente el nombre de la Solicitante, como: MARUJA HERNÁNDEZ, siendo el correcto: MARÍA DE JESÚS HERNÁNDEZ.
La solicitante a los fines de sustentar lo alegado, acompaña entre otros los siguientes documentos:
• Copia Certificada de Acta de Nacimiento de MIRIAM DOLORES HERNÁNDEZ, según consta del Acta de Nacimiento anotada bajo el Nº. 3597, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, partida ésta cuya rectificación se pretende;
• Copia Certificada de los Datos Filiatorios de la ciudadana MARÍA DE JESÚS HERNÁNDEZ, emanados de la Dirección de Dactiloscopia y Archivo Central, Departamento de Datos Filiatorios Nº. 20833 de fecha 14 de agosto de 2006;
• Copia Certificada del Acta de Defunción No. 419, emanada de la Parroquia La Pastora del Municipio Libertador del Distrito Capital de fecha 16 de diciembre de 2005 y
• Copia simple de la Cédula de Identidad de MARÍA DE JESÚS HERNÁNDEZ.
-II-
MOTIVACION PARA DECIDIR
Establece el artículo 506 del Código de Procedimiento civil, lo siguiente:
“Las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho. Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de ella, debe por su parte probar el pago o el hecho extintivo de la obligación”
Ahora bien, este Tribunal pasa a decidir y no puede dejar de observar este Juzgador que de las actas procesales que conforman la presente solicitud se evidencia que no existe prueba fehaciente que demuestre el error denunciado en el Acta de Nacimiento de la ciudadana MIRIAM DOLORES HERNÁNDEZ, la cual fue expedida por ante a Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 30 de noviembre de 1953, bajo el Nro. 3597, de los libros de Nacimiento llevados por la referida Parroquia.
-III-
DECISION
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado NIEGA la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana MARÍA DE JESÚS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cedula de identidad Nro. V-3.250.442, la cual fue expedida por ante a Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 30 de noviembre de 1953, bajo el Nro. 3597, de los libros de Nacimiento llevados por la referida Parroquia. Y así se decide.
Regístrese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, en fecha:
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ.-
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
En la misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia siendo las 10.02 de la mañana.-
LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-
Exp. Nro. F07-4331.
LRHG/MGHR/OERD.
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