REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, (24) de marzo de 2008
Años: l97° y 149°.-
Luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que en la oportunidad legal para la contestación de la demandada no se levanto la respectiva acta, tal y como lo establece el articulo 757 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se repone la causa al estado de la contestación de la demanda, asimismo este tribunal fija el quinto día de despacho siguiente a la constancia en autos de haber practicado la notificación de las partes y del Fiscal del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, del presente auto, dentro de las horas de despacho del Tribunal comprendidas entre las 10:00 a.m., a las 12:00 p.m. respectivamente para que tenga lugar el acto de contestación a la demanda.- Librese Boleta de Notificación.- Cúmplase.-
LA JUEZ
DRA AURA MARIBEL CONTRERAS de MOY
LA SECRETARIA
ABG LEOXELYS VENTURINI
AMCdeM/vhb.-
EXP N° 07-4012