REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, 31 de Marzo del Dos Mil Ocho (2008).-
Años: 197° y 148°.-
Vista la anterior solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento procedente del Juzgado Distribuidor de Turno, presentada por el ciudadano: MOISES ABRAHAM VILLANUEVA MARCHENA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-19.511.797, debidamente asistido por la ciudadana: MORELLA GARCIA, abogada de la División de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 29.236.- Asimismo por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho. Mediante la cual la parte interesada solicita de este Juzgado se proceda a la rectificación de su Acta de Nacimiento la cual esta signada con el Nº 1082, folio 41 Vto., de fecha 18 de Junio de 1991, la cual fue levantada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador del Distrito Capital, en la cual alega la solicitante que se incurrieron un error material: al asentar su fecha de nacimiento, el cual se testo como: “…NACIO EL DIA VEINTICINCO DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO…”, siendo esto INCORRECTO, por cuanto lo CORRECTO es: “…NACIO EL DIA VEINTICINCO DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE…”.- En consecuencia según se evidencia de la revisión de los recaudos consignados tales como Original del Acta de nacimiento y Copia Simple de la Cédula de Identidad del solicitante, y Original de la Constancia de nacimiento emanada de la Clínica Maternidad Santa Ana.- Probado como ha sido lo alegado y en vista que la solicitud presentada no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta, este Juzgado en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley Decreta Tramitar la presente solicitud en forma sumaria, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano MOISES ABRAHAM VILLANUEVA MARCHENA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-19.511.797, en el siguiente término: donde dice: “...NACIO EL DIA VEINTICINCO DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO...” debe decir: “…NACIO EL DIA VEINTICINCO DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE…”.- En consecuencia se ordena expedir copia certificada del presente auto y remítase con oficio a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador, del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital, a los fines de que estampen la Nota Marginal correspondiente en el Libro respectivo.- CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.-
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. LEOXELYS VENTURINI.-
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA
EXP Nº: 08-4867.-
AMCdeM/LV/Yenny.-
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