REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LACIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 17 de marzo de 2008.
197º y 149º
Exp. N° 25.631
Vista la anterior solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano ALFREDO MANUEL STABACK, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.7.713, actuando en este acto en representación de la ciudadana, TIBISAY DEL CARMEN SARAVIA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V.-6.128.055, este Tribunal le da ENTRADA, asimismo visto el pedimento contenido en ella, en la cual solicita que este Juzgado ordene la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana TIBISAY DEL CARMEN SARAVIA RAMIREZ, antes identificada, la cual corre inserta en los Libros de Nacimientos llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, del Municipio Libertador ahora (Municipio Bolivariano Libertador) del Distrito Capital, que corre inserta bajo el N° 2042, folio N° 23 del año 1965, manifestando el solicitante en su libelo, que la mencionada Acta de Nacimiento adolece del siguiente error material, al asentarse el apellido de casada de la madre de la ciudadana TIBISAY DEL CARMEN SARAVIA RAMIREZ se transcribió de la forma siguiente: “Elvia Rosa Ramírez de Sanabria”, siendo esto incorrecto, ya que lo correcto es: “Elvia Rosa Ramírez de Saravia” como se evidencia en la original del Acta de Matrimonio de los ciudadanos ROSA ELVIA RAMIREZ RAMIREZ Y MIGUEL ANTONIO SARAVIA MONTILLA. Por lo que solicita se ordene la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana TIBISAY DEL CARMEN SARAVIA RAMIREZ. Como prueba de lo alegado por la solicitante, consigno copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana TIBISAY DEL CARMEN SARAVIA RAMIREZ y original del Acta de Matrimonio de los ciudadanos ROSA ELVIA RAMIREZ RAMIREZ Y MIGUEL ANTONIO SARAVIA MONTILLA. Este Tribunal considera que tal error no amerita un trámite mediante un juicio ordinario de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO. En consecuencia, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede en forma sumaria, por lo que se declara procedente la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento y en consecuencia, se ORDENA la Rectificación de la Partida de Nacimiento de la ciudadana TIBISAY DEL CARMEN SARAVIA RAMIREZ, y en donde se lee: “…Elvia Rosa Ramírez de Sanabria …” debe leerse: “…Elvia Rosa Ramírez de Saravia …” es como debe constar y así se declara. Remítase adjunto a oficios copia certificada de la Solicitud y de la presente decisión a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, del Municipio Libertador ahora (Municipio Bolivariano Libertador) del Distrito Capital, y a la Oficina de Registro Público Principal del Distrito Capital, para que conforme a lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil, se estampe la nota correspondiente. Asimismo se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese Y Déjese Copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, 17 de Marzo de dos mil ocho (2008). Años 197° DE LA INDEPENDENCIA y 149° DE LA FEDERACIÓN.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
Dra. ELIZABETH BRETO GONZALEZ
JOSE OMAR GONZALEZ
En esta misma fecha, siendo las 10:20 a.m. de la mañana, se público y registro la anterior decisión.-
EL SECRETARIO,
Exp. N° 25.631
EBG/JOG/Romy*
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