REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 3 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2008-000218
ASUNTO : IP11-P-2008-000218


Visto escrito presentado por el fiscal Décimo Sexto del Ministerio Publico en la cual pone a disposición de este tribunal al ciudadano: JOSE LUIS CABRERA MEDINA, venezolano, Natural PUNTO FIJO ESTADO FALCON, nacido en fecha: 08/04/1968, titular de la Cédula de Identidad N° V.-9.803387, profesión: Comerciante, de Estado Civil: soltero, domiciliado URBANIZACION SABANA 1 CALLE SAN DIEGO CASA N° 13, PUERTA MARAVEN, TELEFONO: 0414-6977793, Hijo De Raúl Cabrera y Romelia de Cabrera. PUNTO FIJO ESTADO FALCON. Solicitando libertad plena de conformidad lo previsto en el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana.
En la audiencia oral de presentación la representación fiscal solicita libertad plena en el presente asunto.
De seguida el ciudadano José Luis Cabrera manifestó acogerse al precepto Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
Seguidamente toma la palabra la Defensa manifestó: adherirse a la solicitud fiscal.-

Dispositiva

Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD PLENA Y EL JUZGAMIENTO EN LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el Artículo 44 constitucional y los Artículos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: JOSE LUIS CABRERA MEDINA, se ordena el procedimiento ordinario, ello de conformidad con el Artículo 373 ejusdem, a los fines de que el Ministerio Público presente el acto conclusivo. Notifíquese a las partes del presente auto. Remítase las actuaciones al la fiscalía décima sexta del Ministerio publico en su oportunidad legal.


La Juez Primero de Control

Abg. MORELA FERRER


Secretaria

Abg. YOLITZA BRACHO