REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO FALCON
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
ACCIÓN: INSERCIÓN POR OMISIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
Expediente No. 7386.
PARTE DEMANDANTE: Ciudadana CARMEN ROSA LUGO, mayor de edad, venezolana, civil y jurídicamente hábil, de profesión maestra, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.788.458, domiciliada en esta ciudad de Punto Fijo, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDANTE: LISBETH DÍAZ PETIT y JOSÉ GREGORIO DELGADO PELAYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-11.766.312 y V-10.970.194 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 64.360 y 60.212, de este domicilio.-
JURISDICCIÓN: Civil.-
Por cuanto el Tribunal constata de las actas procesales que desde el día 12 de Marzo del 2006 (folio 31), fecha de la última diligencia suscrita por la Apoderado Judicial de la solicitante consignando copias fotostáticas simples, a los fines de que fuera practicada la notificación de la Fiscal del Ministerio Público, hasta el día de hoy 24 de Marzo del 2008, ha transcurrido más de un (1) año, sin haber realizado la actora ninguna actuación tendiente a impulsar el proceso, el Tribunal conforme a lo establecido en el Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, impartiendo justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, en la oportunidad que corresponda.- Notifíquese a la parte actora de la presente decisión, de conformidad con el Artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y Regístrese
Dado, firmado y sellado en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los veinticinco (25) días del mes de Marzo del año Dos Mil Ocho. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín López.
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 9:05 a.m., previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín López.
CHL/ Lilia
Expediente No.7386
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