REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
Punto Fijo, 05 de Marzo de 2008
Años: 197º y 152º
Vista la diligencia de fecha 29 de Febrero del año en curso (folio 20), suscrita por las partes intervinientes en este proceso, ciudadano Longobardo José Ávila Medina, venezolano, mayor de edad, capaz, titular de la Cédula de Identidad No. 10.967.248, parte intimante, asistido de la abogado en ejercicio Honoria Marlene Irausquin, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 15.049, por una parte, y por la otra, el ciudadano José I. Petit, en su carácter de Director Gerente de la Firma Mercantil ETEIMEICA, parte intimada, asistido del abogado en ejercicio Mario Barreto, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 5.994, mediante la cual efectúan un convenimiento judicial, a los fines de dar por terminado el presente juicio, el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se suspende la medida preventiva de embargo decretada en fecha 22 de Febrero de 2.008, sobre bienes muebles pertenecientes a la intimada y autos, y se ordena oficiar lo conducente, hecho lo cual archívese el expediente, y déjese constancia.
El Juez Titular,
Abog. Camilo Hurtado Lores.
La Secretaria,
Abog. Maraly Marín López.
Sdm.