REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
ACCION: . Divorcio 185-A.-
PARTEAS SOLICITANTES: Ciudadanos Raúl José Manzano Hidalgo y Yadira Josefina Goitía, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s V- 10.613.995 y V-14.802.549, domiciliados el primero en la Población de Pueblo Nuevo, Municipio Falcón del Estado Falcón y la segunda en esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón.-
ABOGADO ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: Urbano José Moreno Marín, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.529.924, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 39.442, de este domicilio.
SEDE: Civil.
Revisadas como han sido las actas procesales, encuentra el tribunal que desde el dia 27 de septiembre de 2006, fecha de la admisión de la solicitud, hasta el dia de hoy 07 de marzo de 2008, ha transcurrido más de un año, sin haber realizado la solicitante ninguna actuación tendiente a impulsar el procedimiento, motivo por el cual, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, y así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente.- Notifíquese a la actora de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los siete (07) días del mes de Marzo del año dos mil ocho.-Años: 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Titular
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín López
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 3:00 p.m., previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín López.
CHL/ magaly.
Exp: 7581
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