REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
EN SU NOMBRE
Expediente Nº. 4289.
Visto el conflicto de competencia planteado a conocimiento de esta Alzada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del transito, de esta Circunscripción Judicial, en razón de la declinatoria de competencia que del juicio de extensión de pensión de manutención sigue el ciudadano ARTURO JOSE YEDRA BRACHO contra el ciudadano ARTURO JOSE YEDRA HERNANDEZ, hecha por la Sala Segunda del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, con sede en Punto Fijo; quien suscribe para decidir observa:
Corresponde a los Tribunales de LOPNA tramitar y decidir todos los conflictos relacionados con pensión de manutención de niños y adolescentes; asimismo corresponde a estos Tribunales el conocimiento de las causas relativas a la extensión o continuación de la pensión de alimentos, cuando los adolescentes alcancen la mayoría de edad y se encuentren comprendidos en los tres (3) supuestos del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y que estén suficientemente probados en el expediente respectivo. Tal criterio guarda perfecta armonía con el fuero atrayente conjugado con los principios de identidad, concentración e inadecuación que rigen en esta materia tan especial. En tal sentido, resulta incompetente el Tribunal que plantea el conflicto y competente al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, con sede en Punto Fijo, a cargo de la Juez Jenny Rodríguez Lamón; y así se determina.
En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar el conflicto de competencia planteado a conocimiento de esta Alzada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del transito, de esta Circunscripción Judicial, en razón de la declinatoria de competencia que del juicio de extensión de pensión de manutención sigue el ciudadano ARTURO JOSE YEDRA BRACHO contra el ciudadano ARTURO JOSE YEDRA HERNANDEZ, hecha por la Sala Segunda del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, con sede en Punto Fijo.
SEGUNDO: Se declara competente para conocer del juicio de extensión de pensión de manutención sigue el ciudadano ARTURO JOSE YEDRA BRACHO contra el ciudadano ARTURO JOSE YEDRA HERNANDEZ al Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, con sede en Punto Fijo, a cargo de la Juez Jenny Rodríguez Lamón.
Remítase al expediente al Juzgado declarado competente y notifíquese al Juzgado que planteó el conflicto de competencia de la decisión tomada.
Agréguese, regístrese y publíquese.
Dada sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, con sede en Santa Ana de Coro, a los siete (07) días del mes de mayo de dos mil ocho (2008). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. MARCOS R. ROJAS GARCIA.
EL SECRETARIO (T),
Abg. DANIEL CURIEL.
Nota: la anterior decisión se dictó y publicó en su fecha 07/05/08, a la hora de _______________________________________________( ). Se dejó copia certificada en el libro copiador de sentencias. Conste Coro. Fecha Ut- Supra.
EL SECRETARIO (T),
Abg. DANIEL CURIEL.
Sentencia Nº 053-07-05-08-
MRG/DC/YELIXA
Exp. Nº 4289
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