REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 30/05/2008, se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentivo de Decreto Mandamiento De Ejecución sobre un Bien Inmueble plenamente identificado; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 09/06/2008, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por la ciudadana Lili Marielis Arévalo, Asistida por la Abg. Katia L. García de Llamoza, donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia, este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento al Mandamiento de Ejecución, fijándose para ello el día respectivo; este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C. A., en virtud de información suministrada mediante Circular N° 10, de Fecha 09/05/2006, emanada de la Rectoría del Circuito Judicial del Estado Falcón, y a solicitud de la parte se libran Boletas de Notificación al Perito Avaluador y Depositario Necesario designado; asimismo se libran oficios a los organismo competentes.-
En fecha 18/06/2008, se levanta acta de Desalojo, a fin de darle fiel cumplimiento al Mandamiento de Ejecución; en dicho acto, una vez notificada e impuesta de la Medida la Demandada de autos y solicitada la Ejecución de la Medida por la parte Ejecutante, y una vez libre de personas y bienes el Bien Inmueble objeto de la presente Medida, se Declaró la Desocupación del precitado bien y se hace la Entrega Formal real y efectiva del inmueble a la Demandante ciudadana Lili Marielis Arévalo Guanipa, quien estando presente en este acto, lo recibe conforme. Cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal de Origen. En fecha 19/06/2008, se remite mediante Oficio Nº 192-2.008, constante de quince (15) folios útiles, debidamente cumplida.