REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio XIV
Caracas, 19 de Mayo de 2008
198º y 148º


ASUNTO: AP51-S-2008-0007740

Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial (URDD), anótese en los libros respectivos, acéptese y désele entrada. Visto el Convenimiento de Obligación de Manutención presentado por la abogada ASIUL HAITI AGOSTINI PURROY, en su carácter de Fiscal Centésima Octava (108°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas; a solicitud de los ciudadanos MARJORIE PAMELA GONZÁLEZ MOREIRA y ABRAHAN JOSÉ ROMERO GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V- 23.636.671 y V- 17.515.470 respectivamente; a favor de su hijo, el niño (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). En consecuencia, esta Sala de Juicio LA ADMITE POR CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y procede a HOMOLOGAR el presente Convenimiento de Obligación de Manutención, en los términos allí expuestos, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección a Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda oficiar a la Dirección General de Recursos Humanos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura a fin de que se le descuente directamente de nómina del obligado alimentario el monto acordado por ambos progenitores; asimismo se autoriza a la madre del niño de autos a realizar los retiros acordados en el organismo antes mencionado; igualmente se designa correo especial a la ciudadana MARJORIE PAMELA GONZÁLEZ MOREIRA a los fines de entregar el oficio en referencia. Expídase copias certificadas de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para que sea entregada a las partes una vez que consignen los respectivos fotostatos.- Cúmplase.-
LA JUEZA,

ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
EL SECRETARIO

ABG. CARLOS ANDRÉS FONSECA
YLV/CAF/
Convenimiento O.A.