REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, de mayo del 2008
Años: 198º y 149º
Visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados por los abogados Vilma Ramos Moreno y Alfonso José López, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 3.250.797 y 6.861.541, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judicial de la ciudadana Lorena del Carmen Romero Urbina, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 7.662.438, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena emplazar al ciudadano Edgar Rodolfo Ballache Barrios, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 9.118.795, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga, a fin de dar contestación a la demanda que por Partición de la Comunidad Conyugal ha incoado en su contra la ciudadana Lorena del Carmen Romero, dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de las citaciones, previo suministro de los fotostátos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia.
La Juez
Dra. María Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Angel
Exp Nro 45476