REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 12 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2006-000117
ASUNTO : IP11-P-2006-000117


AUTO DEJANDO SINEFECTO
ORDEN DE APREHENSIÓN

Visto el oficio signado con el número 9700-175-04624, de fecha 12-05-2008, emanado de la sub-Delegación del CICPC, Punto Fijo Estado Falcón, mediante el cual ponen a la disposición de este Tribunal al ciudadano. LEONEL JOSÉ ZAMBRANO RUÍZ, venezolano, Titular de la cédula de identidad número V–17.666.497, Fecha de Nacimiento: 02 – 06 – 1987, de 18 años de edad cumplidos, natural de Punto Fijo estado Falcón, Profesión u oficio: estudiante, estado civil: soltero, residenciado en calle Páez, casa número 18B, de color ladrillo rejas negras, en la avenida queda el bar “Venezuela” Punto Fijo estado Falcón; hijo (a) de Oneida Josefina de Sambrano Ruiz y José Leonardo Zambrano Hernández por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80, del código penal, en perjuicio del ciudadano. IVAN JESÚS DÍAZ QUERO, De la revisión efectuada en el presente asunto penal, este Tribunal observa: Que en fecha, 16 de Febrero del 2006, el Tribunal Primero de Control a cargo de la Jueza abogada NARQUIS CHIRINOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° y 4° impuso al imputado LEONEL JOSÉ ZAMBRANO RUÍZ, de Medidas Cautelares Sustitutivas de la Libertad, consistentes en la presentación cada 25 días por ante este Tribunal, y la prohibición de acercarse a la victima IVAN JESÚS DÍAZ QURO. Así mismo acordó dejar sin efecto la Orden de Aprehensión decretada en contra del imputado y librar los oficios respectivos a los Cuerpos de Seguridad informando que se deja sin efecto la Orden de Aprehensión los cuales no fueron librados.

DISPOSITIVA


Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ÓRDENA la Libertad plena del ciudadano LEONEL JOSÉ ZAMBRANO RUÍZ, venezolano, Titular de la cédula de identidad número V–17.666.497, Fecha de Nacimiento: 02 – 06 – 1987, de 18 años de edad cumplidos, natural de Punto Fijo estado Falcón, Profesión u oficio: estudiante, estado civil: soltero, residenciado en calle Páez, casa número 18B, de color ladrillo rejas negras, en la avenida queda el bar “Venezuela” Punto Fijo estado Falcón; hijo (a) de Oneida Josefina de Sambrano Ruiz y José Leonardo Zambrano Hernández por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Calificado en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 80, del código penal, en perjuicio del ciudadano. IVAN JESÚS DÍAZ QUERO, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, quien se encuentra bajo Régimen de Presentación por ante este Despacho. Y Así se Decide Líbrese la correspondiente Boletas y Oficios respectivos.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

ABOG. LIMIDA LABARCA BAEZ
LA SECRETARIA
ABOG. RITA CÁCERES