REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
Punto Fijo, 19 de Mayo de 2.008
Años: 197º y 149º
Vista la diligencia que antecede (folio 75), suscrita por los ciudadanos: PAULA BRACHO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.180.533, parte demandada en el presente juicio y debidamente asistida por la abogada en ejercicio MYRIAM MENDOZA PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 5.402, en el cual se da por citada y; por la parte demandante abogado MARCOS DUQUE, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.569.704, inscrito en el Inpreabogado bajo Nro.73.258, mediante el cual y según los argumentos expuestos por las partes de haber realizado un arreglo transaccional, a los fines de dar por terminado el presente juicio. El Tribunal por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, le imparte su aprobación en los términos y condiciones establecidas por las partes y la homologa con el carácter de cosa juzgada, tal como lo prevee el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.- No se archive el expediente hasta tanto no conste en las actas el cumplimiento de la transacción realizada.- Déjese constancia.
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular,
Abog. Maraly Marín.-
CHL/hjt.-
Exp: 7889.