REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 14 de Mayo de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2006-002361
ASUNTO: IP01-P-2006-002361

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DECRETANDFO EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES

Visto el escrito presentado en fecha 14 de Abril del presente año por la Abg. FLORANGEL FIGUEROA, Defensora Pública Segunda Penal de este Circuito Judicial Penal, procediendo en este acto en representación del ciudadano: JOSE ANTONIO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.941.664 y residenciado en el Barrio Cruz Verde, calle Colombia, Casa N° 86, Coro del Estado Falcón, mediante el cual requiere de este Tribunal, decrete el Archivo Judicial de las actuaciones en la causa N° IP091-P-2006-002631, seguida en contra de su defendido por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, de conformidad con lo previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal Venezolano, debido a que este Tribunal en fecha 02 de Noviembre de 2007, le fijó un plazo prudencia de sesenta (60) días para que presentare su acto conclusivo, de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien se observa a los folios del asunto que la Fiscalía Tercera del Ministerio Público remite oficio N° FAL-3-0432-08 en la cual refiere que decretó el ARCHIVO FISCAL en la causa seguida al imputado: José Antonio Delgado por la comisión del delito de: HURTO CALIFICADO relacionado al asunto para el término de las respectivas investigaciones penales, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del COPP.

Se observa también de las actuaciones escrito presentado en fecha 15 de Abril del presente año por la Abg. FLORANGEL FIGUEROA, Defensora Pública Segunda Penal de este Circuito Judicial Penal, procediendo en este acto en representación del ciudadano: JOSE ANTONIO DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.941.664 y residenciado en el Barrio Cruz Verde, calle Colombia, Casa N° 86, Coro del Estado Falcón, mediante el cual informa a este Tribunal que el imputado antes identificado resultó fallecido dentro del internado judicial de Coro en fecha 17-02-2008 y por esta razón solicita al Tribunal se sirva oficiar tanto a la Prefectura del Municipio Miranda del Estado Falcón, así como la Oficina de Registro Acta de defunción del ciudadano: JOSE ANTONIO DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-14.941.664 fallecido en fecha: 17-02-08 en el Internado Judicial de Coro y una vez que dicha acta repose en la presente causa, se decrete EL SOBREEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal ordinal 3° en concordancia con el artículo 108 del Código Penal.

Este tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: Procedente conforme a derecho la solicitud de la defensa y a los fines de proveer lo solicitado, y acuerda: Oficiar tanto a la Oficina de la Prefectura del Municipio Miranda del Estado Falcón, así como la Oficina de Registro este Tribunal Acta de defunción del ciudadano: JOSE ANTONIO DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-14.941.664, y así como a la Medicatura Forense para solicitar la respectiva Necropsia de ley del imputado ya antes identificado y una vez recibida la información requerida el Tribunal emitirá el pronunciamiento de ley respecto al Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia notifíquese de la presente decisión a la Defensora Pública Segunda Penal de este Circuito Judicial Penal, a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público. Remítase las presentes actuaciones que conforman el presente asunto al Archivo Judicial. Cúmplase.


LA JUEZ CUARTA DE CONTROL
MAG. CS. YANYS MATHEUS SUAREZ





LA SECRETARIA
ABG. ANDREINA VALLES




ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2006-002361