REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 02 de mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO: IJ01-P-2000-000004
AUTO LIBRANDO ORDEN DE APREHENSION
Vista la situación procesal de retardo que presenta el presente asunto penal es por lo que esta juzgadora se avoca al conocimiento de la misma en los siguientes términos:
PRIMERO: En fecha: 04 de Agosto del 2003, se llevó a cabo Audiencia Preliminar en el Tribunal Cuarto de Control de éste Circuito Judicial Penal, donde el Tribunal ordena la Apertura a Juicio Oral y Público en contra del ciudadano: JULIO SAMIL AMAYA, por la presunta comisión del delito: APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DEL DELITO DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores.
SEGUNDO: En fecha: 18-09-2003, El Tribunal Primero de Juicio reciben las actuaciones provenientes del Tribunal Primero de Control, fijando sorteo Ordinario para el 02-10-03 a las 09:00 AM.
En fecha 02-10-03 se difiere el Sorteo Ordinario por no poder obtener resultado del Sistema Informático, se fijó nuevamente para el 06-10-03. En fecha 06-10-08, se seleccionaron los escabinos y se fijó audiencia de depuración para el 16-10-2003.
En fecha: 16-10-03 se difirió el acto de depuración para el 29-10-03, por incomparecencia de todas las partes.
En fecha 26-11-03, se ordenó llevar cabo un nuevo sorteo extraordinario por cuanto sólo compareció una escabina y no cumplió con los requisitos de ley, fijándo para el 10-12-03 un nuevo sorteo extraordinario. En fecha 12 de enero 2004 se publicó auto donde se deja constancia que para el día 10-12-03 estaba fijado un sorteo extraordinario en la presente causa pero que no se llevó a cabo es por lo que se acordó fijarlo para el día 23 de enero del 2004, a las 11:00 AM.
En fecha 23-01-2004 se llevó a cabo un nuevo sorteo extraordinario, fijándo audiencia de depuración para el 03 de febrero del 2004 a las 09:00 AM. Llegado el día y hora se tuvo que ordenar un nuevo sorteo extraordinario por cuanto los escabinos seleccionados se encontraban en un Juicio Oral y Público. En fecha 11 de febrero se llevó a cabo un nuevo sorteo extraordinario donde se convocó a una audiencia de depuración para el 01-03-04.
En fecha 03-03-04, se vuelve a ordenar la realización de un nuevo sorteo extraordinario por cuanto los escabinos seleccionados se encontraban en otro Juicio Oral y Público, convocando para un nuevo sorteo extraordinario para el día 18 de marzo del 2004, a las 8:30 AM.
En fechan 18 de marzo del 2004, fueron seleccionados nuevamente los escabinos y se fijó audiencia de depuración para el 02-04-04 a las 8:30 AM. En fecha: 5 de abril 2004, no se llevó a cabo, el Acto por cuanto las Jueces, se encontraban en un curso, pero tampoco comparecieron los escabinos fijando para el 27-04-08 un nuevo sorteo extraordinario. Visto que nuevamente no se pudo constituir el Tribunal mixto en fecha: 19 de julio del 2004 se volvió a fijar un nuevo sorteo extraordinario.
En fecha 16-08-04 el Juez para la fecha deja sin efecto el Acto de instrucción fijado para el 12-08-04 y acuerda fijar sorteo extraordinario para el 24-08-04 a las 8:30 de la mañana. En fecha 24-08-04 se hace nuevo sorteo y se convocó para un acto de instrucción para el 03-09-04. En fecha 23-09-04, una audiencia de selección de escabinos quedando fijado para el día 05-10-04 el acto de instrucción de escabinos. El 05-10-04, se acordó la realización de un nuevo sorteo extraordinario para el 18-10-2004 a las 8:30 de la mañana. En fecha 20-10-04, se dejo constancia que no comparecieron los escabinos fijándose nuevamente audiencia de instrucción para el 12 de noviembre del 2004 a las 09:00 AM.
El 12-11-04, se acordó un nuevo sorteo extraordinario para el 26-11-04 a la 1:00 de la tarde llegado el 26 de noviembre se fijó acto de instrucción para el 07 de diciembre a las 9:00 de la mañana.
En fecha 06 de mayo del 2005 se recibe por distribución de la Presidencia de éste Circuito el presente asunto penal, en la cual la Jueza para la fecha de avocó al conocimiento del presente asunto penal; En fecha: 12-05-05 se fijó acto de instrucción para el 18-05-05, llegado el día se fija nuevamente para el 30 de mayo del 2005 por incomparecencia de uno de los escabinos. En fecha 30-05-05, se ordenó la realización de un nuevo sorteo extraordinario por cuanto sólo compareció a la Audiencia de Depuración una escabina necesitando como mínimo dos, es por lo que se fijó sorteo extraordinario para el 13 de junio del 2005 a la 1:15 de la tarde. En fecha 13 de junio del 2005 se difirió el acto por cuanto la Jueza se encontraba celebrando un Juicio Oral y público fijándose nuevamente para el 22 de junio a la 1:15 de la tarde. En fecha 22 de julio del 2005 se difiere nuevamente para el 12 de julio del 2005 a la 1:15 de la tarde. En fecha 10-02-06, se fija nuevamente el sorteo extraordinario para el 03-03-06. En fecha: 03-03-06 se llevó a cabo sorteo extraordinario fijándose audiencia de depuración para el 23-03-06 a la 1:30 de la tarde. En fecha: 23-03-06, se fija nuevamente el acto para el 18-04-06 por cuanto sólo comparecieron las defensoras del acusado y la Fiscal, incompareciendo el acusado y los escabinos seleccionado. En fecha: 18-04-06, se fija nuevamente el acto para el 28-04-06 por cuanto sólo comparecieron las defensoras del acusado y la Fiscal, incompareciendo el acusado y los escabinos seleccionado.
En fecha: 23-05-08 se acordó llevar a cabo un nuevo sorteo extraordinario. En fecha 07 de junio se convocó nuevamente a otro sorteo para el 19-06-08, por cuanto no comparecieron los escabinos que seleccionaron anteriormente, ni el acusado.
En fecha 23-10-06, se difiere nuevamente el acto de depuración por cuanto no se llevó a cabo el acto de depuración por incomparecencia del acusado, tampoco comparecieron los escabinos seleccionados.
En fecha 13 de noviembre del 2006 se difiere nuevamente el acto de depuración fijándose nuevamente para el 10 de enero del 2007 a las 10:00 AM.
En fecha: 10-01-076, se fija nuevamente el acto para el 02-02-07 por cuanto sólo comparecieron las defensoras del acusado, la Fiscal, los escabinos, incompareciendo el acusado siendo notificado debidamente para la celebración de la audiencia. En fecha: 02-02-07, se fija nuevamente el acto para el 14-02-07 por cuanto sólo comparecieron las defensoras del acusado, incompareciendo el acusado, los escabinos seleccionado y la Fiscal.
En fecha: 27-02-07 se difiere nuevamente el acto por incomparecencia de las defensoras, del acusado y de los escabinos; fijándose nuevamente para el 19-03-07. En fecha 25-04-07 se difiere el acto por incomparecencia del acusado, sus defensoras, los escabinos. Fijándose nuevamente para el 16 de mayo del 2007 a las 9:00 de la mañana.
En fecha 16-05-07, visto que las defensoras privadas manifestaron en la boleta que renunciaron a la defensa del acusado Julio Samil Amaya es por lo que se libró boleta a la defensora Publica para que le designen un defensor Público al acusado recayendo en la Defensora Pública Quinta Maria Alejandra Machado. En fecha 06-08-07, se difiere el acto por incomparecencia del acusado y de los escabinos seleccionados, fijándose el acto para el 03-10-07 a las 10:00 de la mañana.
Es de hacer notar que hasta la presente fecha: 02 de Mayo del 2008, NO SE HA LLEVADO A CABO EL ACTO DE DEPURACIÓN POR INCOMPARECENCIA REITERADA DEL ACUSADO, Y DE LOS FOLIOS 133 AL 143, 161, 162, 165,166, 183 y 184, DE LA PIEZA 02 del asunto penal se observa que a dicho ciudadano no lo conocen en la dirección aportada al Tribunal para la fecha que le otorgaron las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial preventiva de libertad, que del estudio al Sistema Juris desde el 27 de abril del 2004, no hay constancia que éste sujeto esté cumpliendo con el régimen de presentaciones periódicas.
TERCERO: Llama poderosamente la atención a esta jurisdicente que al dorso de las boletas, librada a los ciudadano: JULIO SAMIL AMAYA, dichas boletas presentan notas en las cuales se deja constancia que la práctica de las mismas ha sido negativa por cuanto el acusado, se encuentran no vive en el sector y de la pregunta hecha por el alguacil a los vecinos dicen que no lo conocen. Situación ésta que evidencia una sustracción del hoy acusado del proceso, actitud que lo hace consumas y reticente con el tribunal. En tal sentido debe este Tribunal tomar medidas a los fines de resolver ésta situación procesal.
Por todo lo antes expuesto es por lo que esta Juzgadora acuerda: LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN EN CONTRA DEl CIUDADANO: JULIO SAMIL AMAYA, remitiéndola a la Fiscalía SEGUNDA del Ministerio Público para que la entregue con carácter de urgencia a todos los cuerpos de investigación penal del Estado, y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: Librar ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del ciudadano: JULIO SAMIL AMAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° V- 12.177.899, a quien se le sigue asunto penal IJ01-P-2000-0000004, por la presunta comisión del delito APROVECHAMIENTO DE VEHICULOS PROVENIENTES DEL DELITO DE HURTO Y ROBO DE VEHÍCULOS, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre y Hurto y Robo de Vehículos automotores, para que sea traído y colocado a disposición de éste Tribunal Tercero de Juicio, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la Constitución Nacional. Cúmplase.
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA TERCERA DE JUICIO
ABG. JESUS CRESPO
EL SECRETARIO