REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 12
Caracas, tres (03) de noviembre de dos mil ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-015824
Vista la solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio trece (13) del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos FELIZ ARTURO GARCIA ROJAS y OSCAR MANUEL NUITTER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.303.493 y V-6.507.207, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos LUIS DAVID BESSON RAMOS, EVELIN ANTONIETA BESSON RAMOS, ESVANY COROMOTO JASPE RAMOS, EMMA JACQUELINE BESSON RAMOS, JEANETTE JOSEFINA BESSON RAMOS, AQUILES ORLANDO BESSON RAMOS (DIFUNTO) y JOSE ALEXANDER RAMOS (DIFUNTO), y a la adolescente, en representación de su difunto padre: JOSE ALEXANDER BESSON RAMOS, hijos y nieta de la De Cujus CARMEN EVELIA RAMOS DE BESSON (Viuda), quien era titular de la Cédula de Identidad No. V-2.145.520, quien falleció en fecha cuatro (04) de noviembre del año 2003; quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.
Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
SARA GUARDIA SOTO
LA SECRETARIA,
ADRIANA MIRELES
SGS//AM//ms.-
Motivo: Título de Únicos Universales y Herederos.
AP51-S-2008-015824
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