REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiséis (26) de noviembre del año 2008.
Años: 197° y 148°
Vista la diligencia de fecha 31 de octubre de 2007, suscrita por el ciudadano Ricardo Allan Catanaima, titular de la cédula de identidad número 8.176.664, debidamente asistido por la abogada Maria de Rondon, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 9557, donde consigna constancia de revisión expedida por el Ministerio de Infraestructura Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre Cuerpo Técnico de Vigilancia del Tránsito y Transporte Terrestre, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente sobre la propiedad de un vehículo, MARCA: Honda; MODELO: Accord; AÑO: 1997; COLOR: Verde; CLASE: Automóvil; TIPO: Sedan; PLACA: S/P; SERIAL DEL MOTOR: 4 Cilindros; SERIAL DE CARROCERIA: JHMCD5639VC001054; a favor del ciudadano: FRANCESCO DE ANDREIS LUCIDI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 2.854.993.- Déjese copias certificadas de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia de las presentes actuaciones en el archivo del Tribunal y entréguese original con sus resultas a los interesados.-
LA JUEZ,
MARIA ROSA MARTINEZ C. LA SECRETARIA,
NORKA COBIS RAMIREZ.
MRMC/NCR/Rey/ Solic. Nº 13.018
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