REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, (10) de Noviembre de Dos Mil Ocho (2008).-
Años: 198º y 149º.-
Visto el desistimiento a la apelación formulado por el ciudadano GUSTAVO BRICEÑO, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº: 13.658, en su carácter de autos en el presente procedimiento, este Tribunal, acuerda dar por consumado dicho desistimiento formulado por el apoderado judicial de la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, remítase el presente expediente al Tribunal A-Quo. Por cuanto se evidencia un error en la foliatura del presente expediente, este tribunal ordena su tachadura y corrección en orden correlativo corregir la foliatura a partir del folio VEINTINUEVE (29) exclusive de la pieza principal, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil.- Líbrese oficio. CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA AURA MARIBEL CONTRERAS de MOY
LA SECRETARIA TITULAR,
Abog. LEOXELYS VENTURINI.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-
LA SECRETARIA TITULAR,
AMCdeM/LV/Mariana
EXP: 04-0621.-