REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-Caracas, 10 de noviembre de 2008.-

Años: l98° y 149°.-

Vista la solicitud de Homologación de la Partición Amistosa suscrita por ante la Notaria Vigésima del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas por las ciudadanas GRACIOSA LEONOR GARANTON RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.028.483, en nombre y representación de la ciudadana MARIA VERONICA TROCONIS GARANTON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.308.980, y por CARLA MARIA DE OLIVEIRA VALENTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.552.048, en nombre y representación del ciudadano PAULO FERNANDO VALENTE MONTEIRO E. CRUZ., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.757.549, presentada por ante este tribunal por el ciudadano PAULO FERNANDO VALENTE MONTEIRO E. CRUZ, debidamente asistido por RAIZA C. APARCERO BENITEZ, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.522, y los recaudos acompañados a la misma, désele entrada y anótese en Libro respectivo.- En consecuencia, este Tribunal le imparte la correspondiente homologación en los siguientes términos: Primero: Que la ciudadana MARIA VERONICA TROCONIS GARANTON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.308.980, cede y traspasa en plena propiedad al ciudadano PAULO FERNANDO VALENTE MONTEIRO E. CRUZ., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.757.549, el 50% de los derechos que le corresponden sobre el siguiente bien inmueble: “Un apartamento destinado a vivienda distinguido con la letra y el número “A-13-5”, ubicado en el piso 13 del Edificio “A”, del Conjunto Residencial Parque Residencial Hacienda Humboldt, Torre A, Etapa II, en Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital, el apartamento tiene un área aproximada de (45,88 mts2), y sus linderos particulares son: NORTE: con el apartamento tipo N° 4 en sus pisos respectivos; SUR: con apartamento tipo N° 6 en sus pisos respectivos; ESTE: con fachada este del edificio; y OESTE: con pasillo de circulación. Al deslindado apartamento le corresponde en exclusiva propiedad dos puestos de estacionamiento signados con las siglas A-175 y A-176, y un maletero distinguido con las siglas A-108, ubicados en el sótano tres (S-3), del Edificio. Le corresponde un porcentaje de condominio sobre las cargas comunes de la Torre “A” de (0,477717618%), y un porcentaje de condominio sobre los derechos y obligaciones de la totalidad del Conjunto de (7,165764265%) según documento de condominio del “Parque Residencial Humboldt” y del documento de condominio del Parque Residencial Humboldt, II Etapa, Torre “A”, y sus posteriores aclaratorias, registrados todos ante la Oficina Subalterna del Cuarto Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, ambos en fecha 06 de agosto de 1999, 20 de agosto de 1999 y 31 de agosto de 1999, bajo los números 17, 18, 8, 1 y 2, tomos 10, 13, y 15, del Protocolo Primero, Tercer Trimestre del año 1999, respectivamente.- Dicho inmueble pertenece a la comunidad conforme a documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Cuarto Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 23 de agosto de 2001, bajo el N° 40 y 37, tomo 14 y 2, protocolo primero y tercero”.- Dicha cesión tiene un valor estimado de (Bs. 125.000,00).- Asimismo se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas con inserción en las mismas del presente auto, a los fines legales consiguientes, dichas copias se expiden de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ.-


DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
LA SECRETARIA


ABG LEOXELYS VENTURINI

EXP N° St-12264
AMCdeM/vhb