REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, ( ) de Noviembre de Dos Mil Ocho (2008).-
Años: 198º y 149º.-
Vista la anterior solicitud de CORREDOR PÚBLICO, suscrita por el ciudadano ALBERTO J. ROSALES R., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-6.346.900, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°: 51829, en su carácter de apoderado Judicial de la Compañía Anónima CONSORCIO SUMMACTIVOS, C.A., e igualmente vista la Carta de la Cámara de Comercio a favor de dicha Compañía para su autorización, y por cuanto se evidencia que la carta consignada goza de buen concepto, así como la fianza, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 75 del Código de Comercio, AUTORIZA al consorcio antes mencionado, para que ejerza el oficio de Corredor con carácter Público, y se acuerda expedir por secretaría la copia certificada de la presente autorización, a los fines de su registro para que le sirva de Titulo.- CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abog. LEOXELYS VENTURINI.
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA TITULAR,
EXP: S-11983
AMCdM/LV/carmen-