REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas (10) de noviembre de dos mil ocho (2.008).
198º y 149º

Expediente: No. 26.207
Vista la apelación de fecha 28 de octubre de 2008, interpuesta por el abogado HECTOR E. CARDOZE R., quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictado por este Juzgado de fecha 22 de octubre de 2008, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 289 del Código de Procedimiento Civil oye dicha apelación en un solo efecto; en tal sentido, de conformidad con lo previsto en el artículo 291 eiusdem se ordena remitir al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, las copias que a bien tengan señalar las partes, las cuales serán certificadas en todas y cada una de sus partes por ante La Secretaria de este Juzgado, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 ambos del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se Exhorta a las partes a señalar y consignar los fotostatos respectivos para su certificación.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
JOSE OMAR GONZALEZ.
EBG/JOG/RB.
Exp. No. 23.268.-