REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 19 de Noviembre de 2.008.
198° y 149°
Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano ARISTIDES JOSE MARQUEZ CASTRO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-8.895.176, a su esposa ciudadana MARTA EMILIA ROMHAIN MARIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-8.896.812, y a sus padres ciudadanos FILIS ANTONIA CASTRO DE MARQUEZ y PEDRO MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-784.140 y V-977.717 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-
ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-
Exp.: S-7492
EBG/JOG/Ana*