REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 24 de noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2008-001864
ASUNTO : IP11-P-2008-001864

SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

I
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: ABG. LIMIDA LABARCA
MINISTERIO PÚBLICO: ABG. LUCY CHIQUINQUIRA FERNADEZ Y NEUCRATES ENRIQUE LABARCA, actuando con el carácter de Fiscales décimo del Ministerio Público.
IMPUTADO: SAMUEL SERRANO Y OTROS, adscritos al comando de transito terrestre ubicado en el sector antiguo aeropuerto de la ciudad de punto fijo estado Falcón.
VICTIMA: LUIS FELIPE VELAZCO MARTINEZ, Venezolano, Mayor De Edad, Titular De La Cedula De Identidad Nº 7.827.86-, residenciado en el sector pueblo unido ,calle la paz, creolandia, Punto Fijo, Estado Falcón.
DELITO:.CONTRA LAS PERSONAS ( LESIONES PERSONALES.


II
HECHOS OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN


Se inició la presente investigación en fecha 28 de marzo del 2006, en virtud de denuncia formulada por la Ciudadano: LUÍS FELIPE VELAZCO MARTÍNEZ, ante la Fiscalia décima del Ministerio Publico del Estado Falcón, quien expuso lo siguiente: “Vengo a participar, que el funcionario Samuel Serrano me golpeo con otros compañeros de su trabajo alegando que eran policías, lo cual es falso por que son vigilantes de transito terrestre.


III
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DE LA PRESENTE DECISIÓN DE SOBRESEIMIENTO

Solicitó la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público, el sobreseimiento de la presente causa conforme a lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, ya que el hecho imputado no es típico, y por no presentar fundamento serio para el enjuiciamiento publico del imputado, ya que los elementos de convicción recabados hasta la presente fecha resultan insuficientes para Acusar, por lo que considera La Representación Fiscal, que a pesar de la falta de certeza no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación. Por lo tato al no existir suficientes elementos de convicción y no existir bases para solicitar fundamentadamente el enjuiciamiento del presunto imputado, lo procedente es solicitar el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo previsto en el Artículo 318 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, ha señalado en cuanto a la figura del sobreseimiento lo siguiente: “Esta Sala estima oportuno precisar que el Código Orgánico Procesal Penal en el Libro Segundo titulado “Del Proced1imiento Ordinario” Capitulo V “De los Actos Conclusivos” prevé la figura del sobreseimiento, entendido como resolución judicial fundamentada, mediante la cual se decide la finalización de un proceso penal respecto a uno o varios imputados, y cuya procedencia está determinada para la existencia, en el caso particular, de uno de los supuestos establecidos en el artículo 325 (hoy 318) en razón de mediar una causal que impide la continuación de la causa.” (Sentencia No. 236 de fecha 20 de Febrero de 2001, con ponencia del Magistrado Antonio García García).

Ahora bien, a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado y por ende, el sobreseimiento de la causa a tenor de lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 2° ejusdem, y siendo ésta la etapa procesal idónea y el tribunal competente para ello, sobre la base de los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, se decreta el sobreseimiento de la presente causa penal; y así se decide:

Este Tribunal acuerda que no era imprescindible la audiencia oral a la cual se contrae el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal.

IV
DISPOSITIVA

Con fundamento en la razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve;

Único: a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 ordinal 6° del Código Penal, se DECRETA SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida contra el ciudadano SAMUEL SERRENO, de nacionalidad venezolana, funcionario de transito terrestre, natural de Punta Fijo, en la cual aparece como víctima la Ciudadano LUIS FELIPE VELAZCO MARTINEZ por el Delito de CONTRA LAS PERSONAS, LESIONES PERSONALES. Líbrese boleta de notificación al representante del Ministerio Público, y al imputado. Regístrese, Publíquese y Cúmplase con lo ordenado. Dada, firmada y sellada la presente sentencia en la sede de este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, a los Veinticuatro (24) días del mes de Agosto de 2008 a los 197° años de la Independencia y 148° de la Federación.

JUEZ PRIMERO DE CONTROL
SECRETARIA
ABG. LIMIDA LABARCA BÀEZ
ABG. YOLITZA BRACHO