REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 14 de Noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002909
ASUNTO : IP11-P-2005-002909


AUTO ACORDANDO PERMISO

Visto escrito presentado por ante este Tribunal Unico de Ejecución, por parte del penado Nil Enrique Andrade Rodríguez, mediante el cual solicita le sea acordado un permiso a los fines de pernotar en esta Ciudad de Punto Fijo Estado Falcón en hasta la fecha 16-11-2008 con la finalidad de efectuar diligencias personales concernientes.

A los efectos:

Esta Juzgadora realiza las siguientes consideraciones:
El penado Nil Enrique Arneaud Rodríguez, en los actuales momentos goza del beneficio de Libertad Condicional en la Ciudad de Maracaibo Estado Zulia; y no se observa en el presente asunto incumplimiento de parte del penado de marras del beneficio acordado, igualmente lo solicitado no es contrario a derecho razón por la cual, éste Tribunal Unico de Ejecución del Estado Facón extensión Punto Fijo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Concede permiso al penado Nil Enrique Arneaud Rodríguez, a los fines de pernotar en esta ciudad de Punto Fijo del Estado Falcón, hasta el día 16-11-2008, debiendo presentarse ante el Juzgado Séptimo de Ejecución del Estado Zulia el día 17-11-2008. Así se decide. Notifíquese a las partes.-

Jueza Unica de Ejecución

Secretaria

Abg. Morela Ferrer Barboza
Abg. Mariela Morillo