REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO, 23 DE OCTUBRE DE 2.008
AÑOS; 193° y 144°
Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por el ciudadano RANDY NELSON REYES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 12.441.306, domiciliado en el Municipio Mauroa del Estado Falcón asistido por el abogado RAIMUNDO JOSE LEGER, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 45.516. Désele entrada junto con sus recaudos anexos y anótese en los libros respectivos.
El Tribunal observa que la presente solicitud no es contraria a derecho, en consecuencia ADMITE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.-
“Ahora bien, expone la solicitante: Como se desprende del acta de Nacimiento expedida REGISTRO CIVIL PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, asentada bajo el nro. 06, folio03, Tomo Duplicado de los Libros de Nacimiento del REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN FELIZ DEL ESTADO FALCON, incurrieron en el error de colocar lo siguiente; nació el ciudadano RANDY NELSON REYES DIAZ el día CUATRO DE ENERO PROXIMO PASADO siendo lo correcto el CUATRO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO. Es por esta razón que acude ante esta competente autoridad a los fines de que se admita la presente solicitud de conformidad con los artículos 768, 769Y 773 del Código de Procedimiento Civil”.
En consecuencia por todo lo anteriormente expuesto solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento en cuestión.
Ahora, bien observa el Tribunal de un análisis practicado al Acta de Nacimiento así como los anexos que acompañan a la presente solicitud, se constata del error material. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por el ciudadano RANDY NELSON REYES DIAZ, expedida del REGISTRO CIVIL PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, asentada bajo el nro. 06, folio 03, Tomo Duplicado de los Libros de Nacimiento del REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN FELIZ DEL ESTADO FALCON se ordena Al REGISTRO CIVIL PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, y al REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN FELIZ DEL ESTADO FALCON corregir el acta Nacimiento en lo referente a: Donde le colocaron erróneamente lo siguiente: nació el ciudadano RANDY NELSON REYES DIAZ el día CUATRO DE ENERO PROXIMO PASADO siendo lo correcto el CUATRO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO. A los fines de que estampe la debida nota marginal en los libros correspondientes.- Líbrese copia certificada del fallo ordena al REGISTRO CIVIL PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, y al REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN FELIZ DEL ESTADO FALCON, a los fines de que se estampen las respectivas nota marginal de conformidad con lo pautado en el artículo 506 del Código Civil.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los 23 días del mes de Octubre de 2008.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. NELLY CASTRO GOMEZ ABG. CECILIA HANSEN
Nota: se formó expediente constante de -------------------------------- folios útiles, quedando anotado bajo el N° ___________, Se dejó copia certificada de la decisión en el archivo del Tribunal se libro oficios Nros. 0820_______y 0820_______ a las Autoridades competentes.- Conste Coro fecha Ut-Supra
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. CECILIA HANSEN
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