ASUNTO : IP31-S-2008-000423

Vista el acta que antecede, mediante el cual se celebró la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, de conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ello en virtud de la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS que intentaron el ciudadano REVILLA OSTEICOECHEA FRANKLINS JOSÉ venezolano, titular de la cédula de identidad Nros 9.586.863, procediendo en su propio nombre y en representación de los adolescentes FRANKLIN JOSE y KARIUBER ANDREINA REVILLA PLACERES menores de edad y titular de la cédula de identidad Nº 21.158.144 y 25.848.795, todos domiciliados en el Municipio Carirubana del Estado Falcón, asistidos por el abogado en ejercicio José Armando Mendoza Zambrano, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.817, y por cuanto se encuentran llenos los extremos de Ley, y examinados el Justificativo de testigos, partidas de nacimiento, acta de defunción, y no compareciendo persona alguna al llamado del edicto publicado por orden de este Tribunal, y por no ser contraria a ninguna disposición expresa de la Ley, al orden publico y a las buenas costumbres, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 16 ejusdem, y en atención a lo solicitado se declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana ZULAY MARÍA PLACERES DE REVILLA, al ciudadano REVILLA OSTEICOECHEA FRANKLINS JOSÉ, y a los adolescentes FRANKLIN JOSE y KARIUBER ANDREINA REVILLA PLACERES. Se faculta suficientemente a la Secretaria de este Tribunal para que certifique las copias respectivas y sean entregadas a los interesados. Dado, firmado y sellado en la Sala de este Tribunal, a los veintiuno (21) días del mes de Octubre de 2008.


LA JUEZA

DRA. JENNY RODRIGUEZ LAMON








LA SECRETARIA


ABG. VIRGINIA MOSQUERA