ASUNTO: IP31-V-2008-000193
Visto el recurso de hecho intentado por el abogado RAFAEL ALBERTO CARRASQUERO GARCIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad no. 14.735.613, abogado en ejercicio debidamente inscrito en el IPSA bajo el No. 122.421, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDUARD ANTONIO ROJAS , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.484.156, por la negativa de escuchar la apelación ejercida contra la sentencia de fecha el 29 de abril de 2008, dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de este Circunscripción Judicial con sede en Coro, quien suscribe para decidir observa:
En fecha 13 de agosto de 2008, este Tribunal por auto expreso ordenó a la parte solicitante consignar copias certificadas del auto que negó la apelación y la copia del libro diario con la finalidad de constatar lo alegado, toda vez que es carga del recurrente acompañar con el Recurso de Hecho las copias de las actas del expediente que crea conducente y las que indique el Tribunal Superior.
En fecha 19 de septiembre de 2008, el recurrente consigno diligencia en la cual manifiesta:
(…) consigno en este acto copia de la diligencia recibida por la secretaria del Tribunal at quo, en la cual se evidencia fueron solicitadas por mi persona las copias requeridas por el Tribunal a su cargo, así mismo le informo que dicho Tribunal dejo de despachar en virtud de que se quedó sin secretaria. (…)
Siendo que, hasta la presente fecha el recurrente no ha consignado las copias requeridas por este Tribunal las cuales son necesaria para decidir el presente Recurso, por lo que este Juzgador considera desistido el presente Recurso de Hecho, y así se establece.-
Por las razones expuesta este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUNTO FIJO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: DESISTIDO EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado RAFAEL ALBERTO CARRASQUERO GARCIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad no. 14.735.613, abogado en ejercicio debidamente inscrito en el IPSA bajo el No. 122.421, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano EDUARD ANTONIO ROJAS.-
Publíquese, regístrese y déjese constancia en el libro diario de labores del Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Punto Fijo, al primer (01) día del mes de octubre de dos mil ocho (2008). Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-
EL JUEZ SUPERIOR
Abg. GUSTAVO ADOLFO BRAVO
LA SECRETARIA
Abg. ADRIANA MORENO ATACHO.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia al primer (01) día del mes de octubre de 2008, siendo las 12:00 m. Déjese copia certificada en el copiador de sentencias del tribunal.-
LA SECRETARIA
Abg. ADRIANA MORENO ATACHO
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