REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Tucacas, 28 de Octubre de 2008
198° y 149°
Vista la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el ciudadano JESÚS ALBERTO MARTÍNEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 13.026.731, asistida por el abogado Freddy Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado con el N° 55.337, donde solicita del Tribunal la rectificación de su Acta de Nacimiento, por cuanto al ser asentada en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por el Registro Civil del antes Municipio Tucacas, Distrito Silva, hoy Municipio Autónomo José Laurencio Silva del Estado Falcón, en fecha 10 de Julio de 1974, se incurrió en el error material de asentar su nombre como JESUS ARBERTO, siendo lo correcto y verdadero JESÚS ALBERTO. El solicitante consignó junto con su escrito, Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil del Municipio José Laurencio Silva del Estado Falcón; copia certificada de Registro Civil de su Nacimiento expedida por el Registro Civil Principal del Estado Falcón, copia de su cédula de identidad, y fundamentó su acción en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil y 501 del Código Civil. En consecuencia, por cuanto el error denunciado no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación del Acta de Nacimiento y por no existir interesados algunos que pudiera ser perjudicados, este Tribunal de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 501 del Código Civil Venezolano, ordena en forma SUMARIA, ESTAMPAR la debida nota marginal en el Acta de NACIMIENTO del ciudadano JESÚS ALBERTO MARTÍNEZ SALAZAR, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.026.731, la cual corre inserta bajo el N° 203 de los libros de registros de nacimientos llevados por la Coordinación de Registro Civil del Municipio Autónomo José Laurencio Silva del Estado Falcón, 10 de Julio de 1974, de la siguiente manera: donde dice: JESÚS ARBERTO, refiriéndose al nombre del mencionado ciudadano, debe decir; JESÚS ALBERTO, que es lo correcto y verdadero, ASÍ SE DECIDE. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto que fueren menesteres a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades civiles competentes. Líbrense oficios. Cúmplase lo ordenado.
La Juez Provisorio

Abg. CARMEN NATALIA ZABALETA
La Secretaria

Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO
En la misma fecha, 28-10-2008, se le dio entrada con el N° 2.838; se dictó y publicó decisión y se libraron los oficios Nros. 05-359-524-08 y 05-359-525-08 y copias certificadas.


Secretaría





Norfa Neira
Asistente