REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO


República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y
del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, diecisiete (17) de septiembre de dos mil ocho (2008)
Años: 198º y 149º

Vista la solicitud de Título Supletorio que encabeza las presentes actuaciones, así como la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente a favor del ciudadano Juan Asdrúbal Godoy Marrero, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 11.196.791, sobre unas bienhechurìas ubicadas en el Barrio Agua China, Callejón Arrazabal, Sector catastral 06, manzana 27, Parroquia Macarao, del Municipio Libertador del Distrito Capital, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de la Sra. Alicia Miel Terán; SUR: Con casa que es o fue de la Sra. Clara Esperanza Marrero; ESTE: Con casa que es o fue del Sr. Italo Luis Marrero; y OESTE: Con casa que es o fue de la Sra. Andrea de Arias.- Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y certificación que deberá quedar en el Archivo. Elabórese la copia certificada mediante el procedimiento de fotostatos establecido en los artículos 111 y 112, ambos del Código de Procedimiento Civil, la cual deberá ser suscrita en todas y cada una de sus partes tanto por la Secretaria como por el Funcionario adscrito a este Despacho, ciudadano Jose Castellano. Cúmplase.-
El Juez Titular,



Dr. Carlos Spartalian Duarte.

La Secretaria,


Abog. Lisbeth Rodríguez González

En esta misma fecha, se hizo entrega del presente expediente, dejándose copia del mismo en el archivo de este Juzgado.-

La Secretaria,


Abog. Lisbeth Rodríguez González




CSD/LRG/Jose
EXP: Nº S-08-0718.-