Expediente: Nº 26.106

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, _________________
Años 198 y 149


SOLICITANTE: TOMAS FRANCISCO SORRENTINO PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V.- 5.977.278.-
ABOGADO ASISTENTE: MIRNA CRISTINA DUARTE SEPULVEDA, abogada en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 105.975.-
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO.

Vista la solicitud presentada por TOMAS FRANCISCO SORRENTINO PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V.- 5.977.278, debidamente asistido por la abogada en ejercicio, MIRNA CRISTINA DUARTE SEPULVEDA, abogada en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 105.975, por medio del cual solicita la RECTIFICACIÓN DE SU ACTA DE MATRIMONIO, acta ésta llevada por ante la Secretaria del Concejo Municipal del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, según acta N° 92, de fecha 11 de octubre de 1997, en la cual se incurrió en un error material al asentar en dicha acta: el nombre de la madre del solicitante como MARIA ANTONIETA DE SORRENTINO siendo lo correcto MARIA ANTONIA DE SORRENTINO. Para probar lo alegado el solicitante consignó a los autos: el acta de matrimonio errada, copia simple de la cedula de identidad de su señora madre, copia simple de su partida de nacimiento y copia simple de la partida de nacimiento de su señora madre. Probado como ha sido lo alegado y visto que el error cometido no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de acta de matrimonio; este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, acuerda tramitar en forma SUMARIA la presente solicitud, en consecuencia se ordena oficiar a la Secretaria del Concejo Municipal del Municipio El Hatillo del Estado Miranda y al Registrador Principal del Estado Miranda, a fin de que proceda a estampar la nota marginal correspondiente y a corregir el error cometido donde se menciona: el nombre de la madre del solicitante como MARIA ANTONIETA DE SORRENTINO por el de MARIA ANTONIA DE SORRENTINO. Y ASÍ SE DECLARA.- Expídanse por Secretaría copia certificada del presente auto y remítase con oficio a las autoridades correspondientes.-
EL JUEZ.-


LUÍS TOMÁS LEÓN SANDOVAL.-
EL SECRETARIO

MUNIR SOUKI
En esta misma fecha se requieren fotostatos para proveer.-
EL SECRETARIO

MUNIR SOUKI
Exp. Nro. 26106.-
LTLS/MS/LC-06.-