REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
Punto Fijo, 17 de Septiembre de 2008.
Años: 197º y 149º
Visto el presente escrito de PARTICIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, presentado por los ciudadanos YEREMY SEBASTIAN RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ y MARIA AUXILIADORA POLANCO CHIRINOS, mayores de edad, de este domicilio, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.766.010 y V-11.763.177 respectivamente, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio YORMARY GUANIPA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 122.863, en el cual de mutuo y amistoso acuerdo se parten y adjudican los bienes de la comunidad conyugal, el Tribunal le da entrada y en cuanto a su contenido por no ser contrario a derecho y versar sobre derechos disponibles, le imparte su homologación en los términos y condiciones establecidas por las partes, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvansele los originales consignados una vez sean certificados copia de los mismos y colocados en su lugar, hecho lo cual archívese el expediente con posterior remisión al Archivo Judicial. Hágase lo ordenado y déjese constancia.
El Juez Titular,
Abog. Camilo Hurtado Lores.
La Secretaria Temporal,
Abog. Greidy Meneses.

CHL/adv.
Exp. 8237.