REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, Primero (01) de Abril de Dos Mil Nueve (2009)
Años: 198º Y 150º
SENTENCIA DE MEDIACION
Sentencia Nº PJ0032009000028
ASUNTO: IP31-L-2008-000167.-
DEMANDANTE: MARISELA DEL CARMEN FERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 9.774.545.
PROCURADORA DE TRABAJADORES: Abogada ABIALIALICIA PEÑA ALVAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 13.634.255, inscrita en el inpreabogado bajo el Número 101.118.
DEMANDADO: Ciudadana EMILIA IRENE VELAZQUES COELLO.
APODERADO JUDICIAL: Abogados FELIX JOSE GUTIERREZ CORDERO y ROSALYN RODRIGUEZ PIÑA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-9.586.559 y V- 16.438.672, inscritos en el inpreabogado bajo los Números 52.610 y 130.782.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Correspondió a esta Juzgadora, conocer de la Mediación realizada en Audiencia, tal como quedo plasmado en acta de fecha 01 de Abril de 2009, en el juicio que por acción de Cobro de Prestaciones Sociales, introdujera la Ciudadana MARISELA DEL CARMEN FERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 9.774.545, debidamente asistido por el Procuradora de Trabajadores abogada ABIALIALICIA PEÑA ALVAREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 13.634.255, inscrita en el inpreabogado bajo el Número 101.118, por la parte demandada, Ciudadana EMILIA IRENE VELAZQUES COELLO, debidamente representada por sus apoderados Judiciales Abogados FELIX JOSE GUTIERREZ CORDERO y ROSALYN RODRIGUEZ PIÑA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V-9.586.559 y V- 16.438.672, inscritos en el inpreabogado bajo los Números 52.610 y 130.782, en la cual el demandado Ciudadana EMILIA IRENE VELAZQUES COELLO, debidamente representada por sus apoderados Judiciales Abogados FELIX JOSE GUTIERREZ CORDERO y ROSALYN RODRIGUEZ PIÑA, le cancela la cantidad de Un Mil Bolívares con Cero Céntimos ( Bs. 1.000,00), en efectivo a la Ciudadana MARISELA DEL CARMEN FERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 9.774.545, debidamente asistido por el Procurador de Trabajadores abogado ABIALIALICIA PEÑA ALVAREZ, la cual comprende los conceptos reclamados, manifestando que acepta el pago y nada le queda a reclamar a la parte demandada Ciudadana MARISELA DEL CARMEN FERNANDEZ, por este ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la MEDIACION LABORAL ha sido conforme a derecho, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA, la MEDIACION en el presente proceso y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y CON AUTORIDAD DE LA LEY, LE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA y visto que la pretensión objeto de este proceso ha sido homologada; se ordena Oficiar a la Coordinación Judicial para el archivo definitivo de este expediente mediante auto que declare la presente Sentencia Definitivamente Firme, una vez vencido el lapso de Cinco (05) para que ejerzan los recursos que ha bien consideren las partes. Se expiden dos (2) ejemplares certificados de la misma.
PUBLIQUESE Y REGISTRSE
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En el día de hoy Primero (01) de Abril de Dos Mil Nueve (2009), siendo las Doce y Nueve de la Tarde (12:09 p.m.). Años: 198° de la Independencia y 150º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. MIRLA BIANEXIS MALAVE SAEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIAGABRIELA HERNANDEZ
Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
LA SECRETARIA
ABG. MARIAGABRIELA HERNANDEZ
Exp. IP31-L-2008-000167.-
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