REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
SANTA ANA DE CORO; 01 DE ABRIL DE 2009

AÑOS: 198° y 150°
Vista la Solicitud presentada por los Ciudadanos: ENEIDA ROSA ALVARADO DE CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.499.355; HECTOR SAMIR CORDERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de Identidad Nº V-14.093.638; CARLOS ALBERTO CORDERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de Identidad Nº V-14.093.637; RAFAEL EDUARDO CORDERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de Identidad Nº V-15.310.082; y HECTOR HELY CORDERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de a Cedula de Identidad Nº V-17.103.547, debidamente asistida por la Abogada ROSA MARIA MEDINA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 64.240, así como el Justificativo de testigos que se acompaña evacuado por ante el JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, SIN PERJUICIO DE IGUAL O MEJOR DERECHO QUE CORRESPONDA A TERCEROS, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Juzgad Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, y en atención a lo solicitado Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela DECLARA COMO UNICA Y UNIVERSAL HEREDERO del de cujus: HECTOR HELY CORDERO ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.097.793, quien falleciera ab-intestato el día 01 de Febrero de 2.007, a los Ciudadanos: ENEIDA ROSA ALVARADO DE CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.499.355; HECTOR SAMIR CORDERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de Identidad Nº V-14.093.638; CARLOS ALBERTO CORDERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de Identidad Nº V-14.093.637; RAFAEL EDUARDO CORDERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de Identidad Nº V-15.310.082; y HECTOR HELY CORDERO ALVARADO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de a Cedula de Identidad Nº V-17.103.547.
Entréguese el presente original a los interesados, fórmese expediente con copias certificadas de la solicitud, los recaudos y del presente auto para el archivo del Tribunal, autorizándose a la Secretaria Titular Abogada CECILIA HANSEN FANEITE, titular de la cédula de identidad N° V-12.736.460, para la certificación de las copias de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- La presente declaración se emite, sella y firma en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha Ut-Supra.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. NELLY CASTRO GÓMEZ,

LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. CECILIA HANSEN FANEITE,