REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
SANTA ANA DE CORO, 14 DE ABRIL DE 2009.
AÑOS: 197º y 150º

Vista la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada por la Abogada ADRIANA SOFÍA ESTRADA VELARDE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.180.255, domiciliada en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 78.028, actuando con el carácter de Representante Judicial de la FUNDACIÓN REGIONAL EL NIÑO SIMÓN FALCÓN, según designación hecha por la Presidenta de la FUNDACIÓN NACIONAL EL NIÑO SIMÓN, mediante Poder General, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Libertador del Distrito Capital el día 27 de Agosto de 2008, N° 05, Tomo 86, la cual anexa copia simple fotostática marcada “A”, Contra la Empresa Mercantil RUSTICOS AUTOMUNDIAL, C.A., (RAM), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 13 de Noviembre de 2005, bajo el N° 17, Tomo 13-A.
Désele entrada junto con sus recaudos anexos, fórmese expediente y anótese en los Libros respectivos.
Ahora bien, por cuanto el Tribunal observa que dicha demanda no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o/a alguna disposición expresa de la Ley; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE la presente demanda.
En consecuencia se ordena citar mediante compulsa a la Empresa Mercantil RUSTICOS AUTOMUNDIAL, C.A., (RAM), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 13 de Noviembre de 2005, bajo el N° 17, Tomo 13-A, en la persona de su presidente o representante Legal, domiciliada en la Autopista Valencia- San Diego Zona Industrial Castillitos, Edificio Rústicos Automundial frente al Big Low Center de la Ciudad de Valencia Estado Carabobo; para que comparezca por ante éste Tribunal, por sí o por medio de Apoderados Judiciales, dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes de que conste en autos el cumplimiento de la formalidad de su citación; en horas de Despacho comprendidas de 8:30 a 3:30 p.m., más Tres (03) días de termino de distancia que se le concede en razón de su domicilio, a dar Contestación a la presente demanda.
Líbrense la compulsa de citación a la parte demandada, anexándosele copia certificada del libelo de la demanda y su admisión, comisiona suficientemente al JUZGADO (DISTRIBUIDOR) DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en la siguiente dirección: Calle Colombia. c/c Av. Carabobo. Edif. Teatro Municipal, Locales 3 y 4, de la Ciudad de Valencia Estado Carabobo, a los fines de practicar dicha citación, entregándosele al ciudadano Alguacil de este Despacho, para su remisión.
A los fines de certificar las copias de la demanda, se faculta suficientemente a la Secretaria Titular Abogada CECILIA HANSEN FANEITE, titular de la cédula de identidad N° V- 12.736.460, previa confrontación con sus originales, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. NELLY JOSEFINA CASTRO GOMEZ,
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. CECILIA HANSEN FANEITE.
NOTA: Se formo expediente conforme a lo ordenado en el auto anterior constante de ( ) folios útiles, quedando anotado bajo el Nº __________.- Se espera que la parte interesada mediante diligencia consigne Un (01) juego de Copia del libelo de la presente demanda y su admisión; para luego proceder a librar la citación de la parte demandada ordenado en el auto anterior.- Conste. Coro. Fecha Ut-Supra.
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. CECILIA HANSEN FANEITE.

NJCG/CHF/ajpc.