REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Ejido, seis (06) de abril del año dos mil nueve (2.009).-
198° y 150°
Vista la diligencia de fecha tres (03) de abril del año en curso, que riela al folio veintisiete (27), perteneciente a la presente comisión, suscrita por la ciudadana FRONILDE DEL CARMEN BETANCOURT GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 6.068.286, de este domicilio y civilmente hábil, debidamente asistida por el Abogado en Ejercicio LIBIO CESAR LÓPEZ ARELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 4.486.217, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 20.594, de este domicilio y jurídicamente hábil, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, se ordena fijar nueva oportunidad para el día quince (15) de abril del año en curso, para oír la declaración de los testigos ciudadanos JENNY CARMEN MARQUINA MORENO y JOSÉ OMAR BARRIOS, a las dos y treinta minutos (02:30 p.m.) y tres (03:00) p.m.), de la tarde, a fin de que ratifiquen las testifícales rendidas por ante la Notaria Publica de Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, y las cuales corren insertas a los folios seis (06) y su vuelto. La promovente de la prueba, tendrá la carga de presentar los testigos en la hora y oportunidad señalada.- SOLICITANTE: FRONILDE DEL CARMEN BETANCOURT GUERRERO Y OTROS.- MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.- CÚMPLASE.-----------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO,


ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-

SÁNCHEZ MOLINA SRIO.
MMUR/jlsm/jm.-
COMISION Nº 4.414-2.009.-