REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON

Santa Ana de Coro: 09 de DICIEMBRE de 2009
Años: 199º Y 150º

Vista la solicitud de Justificativo Judicial de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, signada con el Nro. 505, presentada por las ciudadanas CASIA GUADALUPE RAMOS DE RODRIGUEZ Y CASIA MERCEDES RODRIGUEZ RAMOS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 701.903 y 3.829.979, domiciliadas en la calle Toledo Nro. 24, de esta Ciudad de Coro, Municipio Miranda, del Estado Falcón, la primera de las nombradas actuando en nombre y representación de las ciudadanas CARMEN ISABEL RODRIGUEZ RAMOS Y FRANCYS MERCEDES RODRIGUEZ DE PERTUSO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 3.832.686 y 3.829.986, respectivamente, según poder especial debidamente autenticado por ante la Notaria Publica Cuadragésima Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 10 de Septiembre de 2009, bajo el Nro. 35, tomo 69, de los libros de autenticaciones llevados por ante esa notaria, asistidas por el abogado ISAAC SALVADOR MORA PIÑA, Inpreabogado Nro. 97.429, visto y examinado los recaudos que acompañan a la presente solicitud: acta de defunción, actas de Nacimiento, copia de las cedula de identidad de la solicitante de autos y evacuado los testigos como ha sido el mismo por ante este Despacho. Este TRIBUNAL SEGUNDO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, Nro. 39 - 152, de fecha Dos (02) de Abril de 2009, Resolución 2009-0006, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en actas en donde consta que el ciudadano: FRANCISCO TOMAS RODRIGUEZ EIZAGA, falleció Ab-intestato en fecha: FALLECIO EL DIA 26 DE ENERO DE 2009, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de ESPOSA E HIJOS, a las ciudadanas CASIA GUADALUPE RAMOS DE RODRIGUEZ, CASIA MERCEDES RODRIGUEZ RAMOS, CARMEN ISABEL RODRIGUEZ RAMOS Y FRANCYS MERCEDES RODRIGUEZ DE PERTUSO, plenamente identificado en autos, respectivamente y de este domicilio. La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los NUEVE (09) días del mes DICIEMBRE de 2009. Entréguese el presente original al interesado. Lcda. Adriana Oduber
La Juez Titular. La Secretaria Titular.
Abg. Zenaida Mora de López Abg. Mariela Revilla Acosta.

Nota: En la fecha UP - Supra se publicó la presente sentencia, siendo las 12:00 de la meridiem. Conste.

La Secretaria Titular.
Abg. Mariela Revilla Acosta.