REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: NUEVE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL NUEVE
AÑOS: 199º Y 150º

Recibida por distribución la presente demanda y sus anexos, mediante la cual la ciudadana GUILLERMINA PAZ DE BORGES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.1.422.907, domiciliada en la calle Girador esquina entre calles Panamá y Perú No. 79, sector centro de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, asistida del abogado PEDRO LARA HURTADO, Inpreabogado No. 28.750, propone formal demanda contra las ciudadanas ANA PAZ BORGES y GLADYS PAZ DE BORGES venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 1.417.793 y 4.789.173 respectivamente, domiciliada en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, los SUCESORES DE BRIGIDO SIMEON: ciudadanos JAVIER OSMAN PAZ MENDEZ, JOEL JESUS PAZ MENDEZ y GIOVANNI ANIBAL PAZ MENDEZ y los SUCESORES DE OMAR ALEJANDRO PAZ BORGES: OMAR ALEXANDER PAZ DIAZ y MIRLA ALEXANDRA PAZ DIAZ, con domicilio en la Avenida Ecuador No. 31 de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, por PARTICION, se le da entrada quedando anotada en el Libro de Causas bajo el No. 2009-2138 y por cuanto de la lectura del libelo, se observa que la presente demanda está estimada en la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,oo) equivalente a 3636,36 UNIDADES TRIBUTARIAS, cuantía esta que excede a la atribuida a los Tribunales de Municipios, es por lo que este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, declara su falta de competencia para el conocimiento de la misma, en razón de la cuantía y declina el conocimiento del proceso de autos en el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a quien se ordena remitir el presente expediente. Así se declara.- Hágase lo ordenado y déjese constancia de su salida en el Libro respectivo.
LA JUEZ

ABG. OSIRIS BENITEZ PETIT
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. RUT ANAIS GONZALEZ