REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
SANTA ANA DE CORO; OCHO (08) DE ENERO DE DOS MIL NUEVE
ANOS 197 y 149

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano ANGEL SEGUNDO CANELON ATACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.103.471, domiciliado en esta Ciudad de Coro Estado Falcón, asistido por la abogado JOSEFINA BARROSO MORALES, inpreabogado Nº 31.308, visto y examinado el justificativo de testigos evacuado por el Juzgado Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros DECLARA TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano ANGEL SEGUNDO CANELON ATACHO, sobre unas bienhechurías consistentes en una casa de una (1) planta, de paredes de adobe, techo de tejas y asbesto, piso de cemento, con los siguientes ambientes: Zaguán, dos (2) dormitorios, corredor, comedor, cocina, sala de baño y solar cercado. Las mismas se encuentran enclavadas sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la calle Garcés entre González y Colina, en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, dicho terreno mide CINCUENTA Y DOS METROS DE LARGO POR DOCE METROS DE ANCHO (52x12 mts) las referidas bienhechurías se encuentran comprendidas dentro de los siguientes linderos:
NORTE: Casa y solar de Domingo Primera.
SUR: Calle Garcés.
ESTE: Acera y Solar de José R. Reyes.
OESTE: Casa y solar de Pedro Acosta.
La presente declaración se emite, sella y firma en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Transito de la Circunscripción
Judicial del Estado Falcón, a los Ocho (08) días del mes de Enero del Dos Mil Nueve (2009). (yb)
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CECILIA L. HANSEN FANEITE LA SECRETARIA
ABG. DENNY CUELLO